Asociacion / despido 20 dias/ dejacion de funcione

Buenos días
Somos dos trabajadoras de una asociación con "fines lícitos y determinados de carácter social" (literal de los estatutos). Actualmente sabemos de manera extraoficial que en breve, creemos que el próximo día 30 de junio, van a venir con un abogado a despedirnos con 20 días por causas económicas para proceder al cierre de la entidad.
Somos las dos únicas trabajadoras. Llevamos prácticamente un año y medio sin actividad debido a la inacción de la nueva presidenta y junta directiva y escuchando "amenazas" de una posible situación concursal. En las cuentas hay dinero, los socios han seguido pagando sus cuotas, pero el hecho de no encontrar más ingresos por la dejación de funciones que ha manifestado esta persona (¿es fácil demostrar este punto? ¿Sirve de algo? ), nos lleva a una situación precaria que no de perdidas o deudas. Mi pregunta es simple ... ¿hay base para un despido de este tipo? La idea es que no tienen dinero para afrontar indemnizaciones por 45 días (mi compañera lleva aquí 30 años y tiene una buena remuneración) pero dudo que eso sea motivo para que legalmente se puedan acoger a este tipo de despido .. ¿qué requisitos debería cumplir una empresa/entidad para acogerse a estas causas económicas a la hora de despedir?
Muchas gracias, un cordial saludo

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En mi opinión por el fondo del asunto es despido improcedente. Principalmente porque una ONG se supone que no tiene ánimo de lucro, por lo tanto si no hay pérdidas no puede existir la causa objetiva, si es que es la económica la que van a esgrimir.
Por otro lado, es posible que por mucho abogado que lleven, el despido también esté mal hecho por la forma. Os tienen que preavisar con 30 días de antelación y daros en la carta las razones detalladas de los problemas que hay en la empresa que hacen peligrar su supervivencia y por qué esos problemas conduces a vuestro despido y por qué vuestro despido va a solucionar los problema. Además tienen que pagaros la indemnización de 20d año en el acto. Si cualquiera de estos dos requisitos no lo cumplen, es despido nulo.
Por tanto, digan lo que digan y hagan lo que hagan, demandad. Lee este artículo sobre pasos a seguir cuando te despiden, cuánto te tienen que liquidar y cómo denunciar.
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