Duda con indemnización por traspaso de tienda

La tienda donde trabajo va a ser traspasada y el dueño actual nos finiquita, el cierre de la tienda no se debe a que no sea productiva y el dueño tiene más tiendas donde poder ubicarnos, la cuestión es no se cuantos días me corresponden por año trabajado si 20, 33 o 45.

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Diga lo que diga la carta, es un despido improcedente de 45d. Si en la carta dice cualquier otra cosa, ni caso y a demandar. Lee este artículo sobre pasos a seguir cuando te despiden, cuánto te tienen que liquidar y cómo denunciar.
Daría lo mismo incluso aunque no tuviera otros sitios donde reubicaros. También sería improcedente porque el nuevo "dueño" hereda vuestros contratos le guste o no.
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Perfecta la respuesta pero mi duda es la siguiente, si me ofrecen 20 días por despido y les demando para obtener los 45, ¿estos me pueden readmitir en otra tienda de la empresa?, si ocurriera esto y me negara por que no me interesara cual sería la indemnización que me correspondería, un saludo y gracias.
Sí, te podrían readmitir pero necesariamente en la misma empresa y con las mismas funciones. Es decir, si las otras tiendas funcionan con el mismo CIF. Para probar los CIF reales que usan (porque seguramente tendrá varios) basta con un ticket de caja. Pero si la tienda actual sigue funcionando bajo el régimen de traspaso, en mi opinión debe reincorporarte en la misma tienda y tendrás nuevos jefes.
Si te readmite y no te reincorporas tendrá que pagarte los salarios de tramitación igualmente, pero tendrás que devolver la indemnización y perderás el derecho a cobrar el paro en este momento, pero se te queda acumulado 6 años.

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