Readmitir

¿Estoy en juicio con la empresa en la que trabajo. Y bien mi pregunta es que si se negaran a indernizarme por despido improcedente con 45 días... Si me readmite? Este señor tiene dos tiendas y una la cierra en la que yo trabajo, y me pasa a la otra tienda, ¿es correcto? Me gustaría saber que derechos tengo, si puedo denunciar por mobbing, ¿o puedo negarme a ser readmitido? Estaría muy agradecido con tu ayuda.

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Si el despido es improcedente la Empresa puede optar por indemnizarte o readmitirte, es potestativo de la Empresa. Si te niegas a la readmisión, se consideraría baja voluntaria y no tendrías derecho a paro. Solo si el despido fuera nulo sería el trabajador el que decidiera si coge la indemnziacion o acepta la readmisión.
Si luego, una vez te incorpores, crees que estas siendo objeto de acoso laboral tendrías que interponer una demanda ante el Juzgado de los Social
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Si el juzgado declara improcedencia sera porque no hay causa para el despido, la tienda sigue abierta y el empresario opta por la readmisión o el despido indemnizado. En caso de readmisión, para poder denunciar por mobbing es preciso que exista un acoso probado y duradero a lo largo del tiempo, ya que en caso contrario no existe base para una denuncia.
En cuanto a la negación de la readmisión tendrá efectos de dimisión tanto en términos económicos como de desempleo.
Si el despido es procedente, el trabajador queda capacitado para pedir la extioncion laboral por haber cambiado sustancialmente las condiciones de contrato, con derecho a 20 días de indemnización por año trabajado y derecho a pedir desempleo. Pero solo si es declarado procedente.
¿No entiendo bien? Si el juez ordena despido improcedente con indemnización de 45 días, si el empresario se niega a pagarme eso, ¿si me readmite en ota tienda en la que yo no trabajaba? ¿Puedo denunciarlo por no estar en las mismas condiciones? ¿O solo puedo denunciarlo y extingir mi contrato si el despido es procedente? Estoy algo liado, te agadeceria tu ayuda. Gracias
A ver,,,
Si el juez decreta improcedente el despido la empresa debe o indemnizar y despedir a 45 días año, o en su defecto readmitir. Si la tienda actual esta cerrada yse readmite para la otra tienda, se produce un cambio en las condiciones de trabajo que faculta al trabajador a pedir el fin del contrato teniendo derecho a cobnrar a razón de 20 días de sueldo por año y a poder pedir paro. Igual ocurre si el despido se estima procedente y se insta a cambiar de negocio.
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No eres demasiado claro, no se si el juicio es porque simplemente te despide o porque quiere pasarte a la otra tienda, dímelo mejor para que lo entienda.
Hola, tengo 34 años y
En la empresa donde trabajo, quieren despedirme¡ Mi antigüedad es de 18 años, el despido es por por causas objetivas económicas y solo quieren darme 20 días y no 45 días que es lo que me pertenece, o tal vez me corresponde¡ste señor tine dos tiendas con la misma razón social, en la misma ciudad, pero va a cerrar una, pero tine ganancias¡¿Puede despedirme teniendo la otra tienda abierta por despido por objetivivo? ¿O tendría que demostralo? Bueno a todo eso me entero también por un sindicato que le entrego mi nomina, que mi sueldo base no se ajusta con lo estipulado en la ley de convenios y tampoco mi antigüedad, me ha stado pagando menos... tanto sueldo base como antigüedad, tengo cuatro cuatrienios'y tengo 110erus de antigüedad... mi contartao es en el textil contrato 100 mayor de 25 años.. tengo todas min nominas guardad desde que entre a trabajar... ¿eso vale de prueba? ¿En caso de juicio? ¿Le pondría también alguna sanción la seguridad sozial? Que puedo hacer, me gustaría que me aconsejarais, estaría muy agradecido, a todo eso el sábado me llego un burofax¡Me han dicho que firme la carta de despido poniendo NO conforme y mi firma¡¿Estoy en juicio con la empresa en la que trabajo.y bien mi pregunta es que si se negaran a indernizarme por despido improcedente con 45 días... si me readmite? Este señor tiene dos tiendas y una la cierra en la que yo trabajo, y me pasa a la otra tienda, ¿es correcto? Me gustaría saber que derechos tengo, si puedo denunciar por mobbing, ¿o puedo negarme a ser readmitido? Estaría muy agradecido con tu ayuda. Gracias¡
1º debes saber que luego del burofax tienes solo 20 días seguidos para el reclamo, por las cantidades hay un año, buscate un Juzgado de Asistencia Jurídica Laboral sito en cualquier ciudad, allí te asesoraran gratuitamente, debes llevar el contrato y las 3 últimas nominas, te pondrán un abogado, si estas en Barcelona queda en Ronda San Pere 41, 5ª planta de lunes a viernes de 9:30h a 13:30h, no puede indemnizarte con 20 días porque eso solo sirve para cuando se declara insolvente y lo puede probar, en este caso te corresponden los 45 días, porque él aun mantiene la otra tienda. Si firmas el burofax, antes de firmar pones : FIRMO EN DISCONFORMIDAD y tu firma debajo con fecha y DNI, lo de la readmisión no se si te conviene, porque ahí si te haría un moobing y la pasarías mal.
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Si la empresa te readmite deberá hacerlo en las mismas condiciones en las que estabas aunque sea en la otra tienda. Si la empresa te debe dinero lo que procede es una reclamación de cantidad, lo que me extraña es que esto no lo haya reclamado tu abogado en otra demanda junto a la del despido. Pero bueno aun estas a tiempo pues las deudas de salario prescriben al año. Pero eso deberás preguntárselo a tu abogado o al que te este llevando el caso. En caso de mobbing deberá denunciarlo si se llegara a producir.

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