Despido nulo

Me despidieron de la empresa y después de los juicios me han dado la sentencia y es despido nulo, por lo que se supone que me tendría que readmitir automáticamente, ¿mi pregunta es si se niega a readmitirme que se negara porque tiene intención de cerrar la empresa que ocurriría? ¿Tendría derecho a indemnización? ¿Cuánto?

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Si se niega en 5 días a readmitirte tienes que pedir la ejecución de la sentencia por readmisión irregular al juzgado y le obligaran.
Si cierra la empresa es otro tema, pues hay que ver como la cierra y si estamos ante una nueva causa de despido y dependiendo como determinará el tipo de indemnización
Lo primero gracias y ahora mi duda
Se niega a readmitir a nadie y lo que quiero saber es si al no readmitirnos nos tendría que indemnizar pues a unos compañeros la sentencia a sido despido improcedente y a otros nos han dado despido nulo y todos teníamos la carta de despido igual y a niniguno nos dieron indemnización por el despido a los del despido improcedente era readmisión o indemnización pero a nosotros si no nos readmite no se como quedaremos
No puede negarse a la readmisión si demandas por readmisión irregular y ademas pides la ejecución sentencia.
Por otra parte todo el tiempo que se niegue, salarios que te deben. Seguramente tendrá que buscar otra causa (y que se la admita el juez) para volverte a despedir. Cuando te vuelva a despedir lo que has de hacer es volver a demandar. Todo este tiempo vas cobrando (o cobrarás) salarios de tramitación.
Voy a decir como han sido las cosas
Día 23 de enero nos dan preaviso por causas objetivas para el despido, día 23 de febrero terminamos tuvimos acto de conciliación en abril y la empresa no quiso llegar a un acuerdo, en junio tuvimos el juicio, y el 13 de julio se recibió la sentencia diciendo que el despido era nulo y nos tenia que readmitir y pagarnos los salarios de tramitación desde febrero, hoy hemos tenido un acto de conciliación por unas cantidades que nos adeuda en concepto de antigüedades y nada nos a dicho de la readmisión así que ahora no sabemos en que situación nos encontramos
El abogado nos dice que nos tiene que readmitir y pagarnos pero de momento no lo a hecho ni tiene intención y por lo que veo la ljusticia no sirve para nada
Tranquilo, puede que la justicia no sirva para nada pero ya te aseguro que no es en el terreno laboral donde siempre se barre para el trabajador.
Así pues, insisto, haced lo que dice el abogado, os tendrá que readmitir y volver a despedir si quiere, pero todo este tiempo tenéis derecho a salario y la empresa debe cotizar por vosotros.
Bueno me ha llegado carta del abogado y resumo lo que dice la empresa tenia 5 días para readmitirnos al no haberlo hecho se pedirá la ejecución de la sentencia y el juzgado nos volverá a emplazar para saber por que no se a cumplido la sentencia, después de eso y si la readmisión no se lleva a cabo se dictara un auto declarando extinguida la relación laboral y fijando la indemnización y salarios de tramitación correspondientes
Exactamente
Perdón no sabia que tenia que dar mi voto para que pudiera seguir respondiendo a otras personas lo daré enseguida pues esta es mi ultima pregunta
En caso de ahora dictarnos despido improcedente y quien nos tenga que pagar sea FOGASA pues la empresa no tenga dinero ¿cuántos días seria lo que cobraríamos 20 por año trabajado o 30 por cada año trabajado?
Muchas gracias
Fogasa paga en caso de despidos por causas objetivas hasta un máximo del 40 % de la indemnización de los 20 días. (O sea el equivalente de 8 días) el resto lo ha de pagar la empresa, fogasa no se hace cargo de más.
Pues no es eso lo que nos dicen un sindicato nos a dicho al ser despido improcedente y la empresa declararse en quiebra fogasa pagaría 30 días por año y luego van contra la empresa y a otros compañeros otro sindicato les a dicho lo mismo pero 20 días por año
No. Para que la empresa se declare en quiebra no ha de tener aboslutamente nada ni activos ni nada ya que lo primero que se hará en un concurso de acreedores es liquidar y ejecutar las garantías existentes pasando a ser los salriso de los trabajadores y la seguridad social los primeros en cobrar.
Solo en caso de que no hubiere nada pagaría el fogasa y siempre con los limites comentados

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