Dudas horarios, vacaciones, maternidad...

Estoy embarazada y trabajo en una óptica como dependienta 7 horas al día, a las 26 semanas de embarazo me gustaría pedir la baja por riesgo del embarazo por el puesto de trabajo, me coincide en el mes de agosto y mis vacaciones son en septiembre, por lo que si me lo conceden, no disfrutaré este año de vacaciones ya que estaré de baja, ¿me guardan ese mes de vacaciones para el año que viene cuando me incorpore de la baja maternal? Y otra duda, me incorporaré a medía jornada, ¿con lo cual ese mes de vacaciones la nómina me viene como jornada completa o como media jornada?.
También me gustaría saber si puedo volver a mi jornada completa pasados 16 meses y cuánto tiempo dura el permiso de lactancia, se que puedo elegir entre salir o entrar medía hora antes o después o coger una hora en medio de la jornada, ¿pero esto también sucede si estoy de media jornada?.
Siento preguntar tanto, pero en mi empresa me ponen pegas para darme el convenio colectivo y en internet no tengo forma de encontrarlo.
Y la última cuestión, trabajo un día de mañana y un día de tarde, así siempre, ¿puedo pedir cuando me incorpore de la baja maternal la medía jornada siempre de mañana?

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A ver si podemos resolver la mayor parte de las cuestiones.
En primer lugar las vacaciones no disfrutadas por baja médica se guardan posteriormente, así que tendrías derecho a ellas.
Con respecto a la jornada reducidad, si realizas la petición de la misma poniendo como fecha de comienzo la del fin de las vacaciones, deberías cobrar la jornada completa, teniendo en cuenta, además, que al inicio de la baja estás a jornada completa.
La reducción de jornada es un derecho del trabajador y puedes solicitar su finalización cuando quieras. No sé si la ampliación podría estar sujeta a cuestiones organizativas de la empresa, aunque creo que sí.
El permiso de lactancia es una hora diaria hasta que el niño tiene 9 meses. La pueden disfrutar indistintamente el padre o la madre si trabajan los dos (pero sólo uno cada vez) y no está reconocido en el Estatuto de los Trabajadores la posibilidad de acumularlo a la baja maternal, aunque hay convenios o empresas que lo permiten.
Con respecto a la incorporación a jornada sólo de mañana, a menos que tu convenio diga lo contrario, que lo dudo, la empresa puede ponerte en el tipo de jornada que desee, incluso partida (mañana y tarde) si tu contrato lo especifica (aunque los padres de hijos menores de 4 años tienen prioridad para disfrutar de jornada continua). Si tienes jornada continua pueden ponerte sólo de mañana, sólo de tarde o alternante. Se consideran cuestiones organizativas.
Con respecto al convenio colectivo, pregunta en tu sindicato que seguro que ellos pueden proporcionártelo o bien pueden indicarte si tu sector tiene un convenio general (por ejemplo el convenio de comercio o el de ópticas). Si no estás afiliada a ningún sindicato y no tenéis delegado sindical, en todo caso preguntando se llega a Roma. Habla con un sindicato y no te van a decir que no te atienden (cuestiones "comerciales").
De todas formas a la hora de solicitar la baja por riesgos durante el embarazom las mutuas tienen orden de, siempre que sea posible, adaptar el puesto de trabajo para que no sea necesaria la baja. Eso ya es tu servicio de prevención de riesgos laborales (los que os hacen los reconocimientos médicos) quién tiene que elaborar un informe diciendo los riesgos que tienes, y la mutua de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales la que tiene que tomar la decisión de dar o no la prestación por baja durante el embarazo. El procedimiento a seguir es solicitar a tu médico o ginecólogo el informe que corresponda, al servicio de prevención el suyo y luego la solicitud en la mutua.
Espero que te sirva de ayuda esta información. Si tienes más dudas estoy a tu disposición.
Hola, una cosita más, la hora de lactancia, ¿puedo cogerla en dos fracciones de medía hora?, es decir, ¿entrar medía hora más tarde y salir medía hora antes? ¿U obligatoriamente es una hora en medio de la jornada laboral?.
Por lo que me dices entiendo, que si pido la medía jornada, pueden dármela en el turno que ellos quieran, no en el que yo elija y que además cuando quiera volver a la jornada completa de 40 horas, me pueden decir que no, ¿es así? Yo actualmente tengo jornada de 40 horas en turno continuo, eso si, un día de mañana y otro de tarde...
Un saludo y muchísimas gracias por tu pronta contestación, que sin duda me ha resuelto muchas dudas.
Las dos medias horas de lactancia las puedes coger en el horario que quieras, la empresa no puede decirte cuándo escogerlas. Asimismo acabo de consultar el estatuto de los trabajadores en vigor y dice que el trabajador, previo aviso con antelación de 15 días por escrito a la empresa puede reducir su jornada (y proporcionalmente el sueldo) de un octavo a la mitad (o sea de 20 a 36 horas semanales en tu caso) y, dice el artículo 37.6: "La concreción horaria y la determinación del período de disfrute del permiso de lactancia y de la reducción de jornada, previstos en los apartados 4 y 5 de este artículo, corresponderá al trabajador, dentro de su jornada ordinaria. El trabajador deberá preavisar al empresario con quince días de antelación la fecha en que se reincorporará a su jornada ordinaria."
Esto quiere decir que el horario lo fijas tú y el final de la reducción también. Además en el artículo 55.5 se protege al trabajador que haga uso de este derecho. Perdona la información que te di ayer que leí una ley anterior.
En resumen, que tú escoges, avisando a la empresa por escrito con 15 días, el horario y la duración de la reducción lo escoges tú.

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