Vacaciones no disfrutadas antes de baja maternal

En el 2007 me tuve que dar de baja al 5º mes de embarazo por lumbago provocado por avanzada gestación, la cual finalizo al comenzar la baja por maternidad el 6 de noviembre, ¿mi baja maternal termina el 25 de febrero y quisiera saber si cuando acabe puedo pedir los 17 días que me quedan de vacaciones del 2007? Ya que no los disfrute por estar de baja por embarazo y tampoco habíamos acordado entre la empresa y yo la fecha en las que las cogería, por otro lado si tras la vacaciones se pueden disfrutar las horas de lactancia acumulada que según convenio puede hacerse. Y si fueses tan amable de decirme de que forma y como tengo que comunicarlo a la empresa.

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Antes de nada, me gustaría que dejaras claro, que las fechas que facilitas, son correstas o por el contrario, lo que quieres decir es el año 2008.
Si disculpa me refería al 2008
En primer lugar disculpa, tuve que hacer algo esta mañana.
Con respecto a tus vacaciones y tu derecho. Tienes perfecto derecho a disfrutar tus vacaciones del año 2008, aun estando en el año 2009, la ley, te ampara, en este caso el Estatuto de los Trabajadores, más concretamente en su articulo 38, vacaciones anuales, que te remito a continuación:
Artículo 38. Vacaciones anuales.
1. El período de vacaciones anuales retribuidas, no sustituible por compensación económica, será el pactado en convenio colectivo o contrato individual. En ningún caso la duración será inferior a treinta días naturales.
2. El período o períodos de su disfrute se fijará de común acuerdo entre el empresario y el trabajador, de conformidad con lo establecido en su caso en los convenios colectivos sobre planificación anual de las vacaciones.
En caso de desacuerdo entre las partes, la jurisdicción competente fijará la fecha que para el disfrute corresponda y su decisión será irrecurrible. El procedimiento será sumario y preferente.
3. [Redacción según Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo.] El calendario de vacaciones se fijará en cada empresa. El trabajador conocerá las fechas que le correspondan dos meses antes, al menos, del comienzo del disfrute.
Cuando el período de vacaciones fijado en el calendario de vacaciones de la empresa al que se refiere el párrafo anterior coincida en el tiempo con una incapacidad temporal derivada del embarazo, el parto o la lactancia natural o con el período de suspensión del contrato de trabajo previsto en el artículo 48.4 de esta Ley, se tendrá derecho a disfrutar las vacaciones en fecha distinta a la de la incapacidad temporal o a la del disfrute del permiso que por aplicación de dicho precepto le correspondiera, al finalizar el período de suspensión, aunque haya terminado el año natural a que correspondan.
Como veras el ET, lo deja meridianamente claro, por lo que tu convenio, no puede decir nada en contra de eso, sino más bien si dic algo, seria para mejorarlo.
El permiso por lactancia, consiste en una reducción de la jornada laboral, de una hora, o dos fracciones de media hora, remunerada por la empresa, hasta que el bebe cumpla los nueve meses, este permiso, se puede acumular, si el convenio lo tiene recogido. Como dices que si, que tu convenio establece la fórmula de acumulación del permiso por lactancia, lo primero que deberías saber son, cuantas horas sumadas, por día laborable, desde hoy, o desde el día que quieras solicitar el permiso, hasta que el bebe cumpla los 9 meses, tienes derecho.
Cuando sepas esto, traslada ese resultado, de horas a jornadas enteras, para saber, cuantos días de permiso, tendrías derecho a reclamarle a la empresa. Recuerda, que todo este proceso, se refiere a jornadas y horas laborables.
Cuando tengas todo este proceso claro, y sepas lo que tienes que solicitar a la empresa, solo te quedara comunicarlo por scrito a la misma.
Que tienes que hacer, o como actuar. Por escrito, en original y copia, comunica a la empresa, tu decisión de acumular el permiso por lactancia de una hora de reducción, que te brind la legislación vigente, y que tal y como establece tu convenio colectivo, en el articulo, tal y tal, solicitas la acumulación, lo que te da derecho a ausentarte del trabajo, por el termino de tales días, retribuidos. Que dicho permiso, lo comenzaras a disfrutar el día, tal del tal, terminadolo el día, tal del tal, y tu vuelta al trabajo de forma normalizada, seria el día, tal del tal.
Ponle fecha al escrito, lo firmas, las dos copias, y pones un apartado de recibí, por la empresa, donde tangan que firmar el documento, que tu te quedes.
Una vez realizado todo esto, no tienes que esperar a que la empresa te autorice, el permiso, ya que no es un requisito previo, para que tu lo disfrutes, con solo la comunicación, por escrito, te sobra, recuerda quedate copia del mismo, firmado por la empres, para que después, no pueda decir que tu no le has comunicado nada.
En primer lugar agradecerte la respuesta ya que me lo aclaraste perfectamente.por lo que me gustaría hacerte otra consulta por si puedes informarme también;después de la lactancia y las vacaciones pendientes cuando tenga que incorporarme tengo intención de pedirme una reducción por guarda legal de un menor.mi turno de trabajo actualmente era de 40 horas semanales en turnos rotativos de mañana 8 a 17 o de tarde de 14 a 23 de lunes a domingos y como categoría encargada de sección(regidos por el convenio de comercio textil). Se que la empresa en circunstancias en que compañeras con el mismo contrato y categoría han solicitado una reducción y elección de horario(ejemplo:reducción a 30 horas de lunes a viernes de 8 a 14) la respuesta de la empresa ha sido que podían fijar un turno fijo pero de lunes a domingos y tienen que bajar de categoría a dependiente ya que los encargados de sección deben hacer su función haciendo 40 horas y tanto turnos de mañana como de tarde, sino se les quitan las funciones como tal.me podrías decir si la empresa esta en lo cierto .gracias de antemano
La empresa no esta en lo cierto para nada, más bien al contrario.
Lo que esta haciendo la empresa, es rebajar la categoría profesional, y con ello el salario, amparándose en algo que es totalmente ilegal, y denunciable a todas luces por las trabajadoras afectadas.
Sin temor a equivocarme, eso es una discriminación a todas luces, que la empresa por unas razones, sexistas, y ante la reclamación de hacer un uso legalmente establecido para las trabajadoras, (también por los trabajadores), ejerce una presión, sacándose de la manga, que para ese puesto y esa categoría, es totalmente imprescindible, el estar a disposición de la empresa, en jornada laboral de 40 horas, y más de lunes a domingos. En fin sin comentarios, bueno podría hacer algunos, pero prefiero callármelos.
Yo te sugeriría, que si esta proposición, te la hacen a ti, pídeles que te la den por escrito, veras como cambian de postura, pero si por sorpresa, la realizan por escrito, con el mismo, y por esos motivos, acude a un abogado, o a un sindicato, te ayudaran a solucionarlo, seguro.

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