Permiso por lactancia y reducción de jormada por cuida

Estoy actualmente de baja por maternidad. Al momento de reintegrar mi trabajo, quisiera encontrar la mejor solución para poder disfrutar del permiso por lactancia y de la reducción de jornada tomando en cuenta que necesitaré salir del trabajo a menos una hora antes de mi horario anterior. Sin embargo el convenio colectivo de la construcción impide la aplicación simultanea de estos 2 derechos. (Adjunto al final el extracto del convenio) Tengo que actuar con mucho cuidado ya que no me llevo bien con la empresa. Por lo tanto necesito saber exactamente como ella puede actuar.
Mis preguntas son las siguientes:
Ya que se trata de 2 derechos distintos, ¿es legal que un convenio limite así la aplicación de la reducción de jornada respecto a la lactancia durante los 9 primeros meses?
Si es así, veo 2 casos posibles:
O sea pido la acumulación de la lactancia y adicionalmente reduzco mi horario de 1/8 como reducción de jornada por cuidado... Pues muy bien, pero mi problema es que por convenio la empresa no esta obligada a aceptar la acumulación ¿verdad?
La alternativa seria reducir mi horario de una media hora en concepto de lactancia y complementar con la reducción de mi horario de 1/8 en concepto de reducción de jornada por cuidado de hija, es decir una hora y media menos cada día. Pues entiendo que esta solución no esta permitida por convenio.
Sin embargo si analizo bien el convenio ( y seguro que me estoy equivocando pero...) esta previsto el derecho de sustituir la hora de lactancia por o sea una reducción de horario o la acumulación. Entiendo que en este caso la empresa puede o sea aceptar la reducción o la acumulación pero no me puede imponer tomar únicamente una hora dentro de mi horario, ¿Verdad?
Pues si es así, denegándome la opción de acumular los días de lactancia me impide disfrutar de la reducción por cuidado de hijo ya que cuando reintegro mi trabajo necesito terminar una hora antes para cuidar a mi hija.
Entonces si a menos 15 días antes de finalizar mi baja por maternidad aviso la empresa de mi voluntad de acumular las horas de lactancia para poder luego disfrutar de la reducción de jornada de 1/8 ya que a reintegrar mi trabajo necesito reducir mi horario de a menos una hora. ¿No es una manera de obligarla a aceptar la acumulación?
Esperando haber sido clara le agradezco de antemano por sus consejos
A continuación el extracto del convenio:
4/Las trabajadoras, por lactancia de un hijo menor de nueve
meses, tendrán derecho, sin pérdida alguna de retribución, a
una hora diaria de ausencia del trabajo, que podrán dividir
en dos fracciones. La mujer,
por su voluntad, e igualmente sin pérdida de retribución,
podrá sustituir este derecho por una reducción de su jornada
laboral en media hora diaria con la misma finalidad o
acumularlo en jornadas completas, conforme al acuerdo a
que llegue con la empresa.
5/El trabajador que, por razones de guarda legal, tenga a su
cuidado directo a algún menor de ocho años, tendrá derecho a una
reducción de la jornada de trabajo, con la disminución
proporcional del salario, entre al menos un octavo y un
máximo de la mitad de la duración de aquélla.
El ejercicio de este derecho por parte del trabajador durante
los primeros nueve meses de vida del menor, es
incompatible con el previsto en el apartado 4 del presente articulo

3 Respuestas

Respuesta
1
Vamos por partes.
En primer lugar tiene que partir del Convenio Colectivo siempre. Los particulares no pueden impugnarlos. En esto no me voy a extender por no salirme del tema.
Con respecto a sus preguntas: Usted puede pedir la acumulación. Si se la deniegan, puede recurrir esta decisión ante el Juzgado de lo Social.
Y una vez termine el periodo de lactancia, puede solicitar la reducción, con los requisitos que usted ya conoce.
El ejercicio del derecho a lactancia y la reducción al mismo tiempo, lo enmascare como lo enmascare, es incompatible. Esto se llama fraude de Ley.
Gracias por su respuesta. Ya algo que no me queda muy claro.
"El ejercicio del derecho a lactancia y la reducción al mismo tiempo, lo enmascare como lo enmascare, es incompatible. Esto se llama fraude de Ley"
No entiendo este ultimo parafo. Me esta confirmando que la lactancia es totalmente compatible con la reducción por cuidado de hijo. ¿Si es así como se puede introducir un medida menos favorable que la ley en un convenio?
Gracias por esta ultima aclaración
El Estatuto de los Trabajadores no es incompatible, en su caso, con el convenio colectivo de que me habla. Lo que le digo es que, según el párrafo que me trascribe, el ejercicio del derecho a acumular ambos derechos es incompatible.
El convenio dice "El ejercicio de este derecho por parte del trabajador durante los primeros nueve meses de vida del menor, esincompatible".
El Estatuto de los Trabajadores, en su artículo 37.4 establece el ejercicio de este derecho "en los términos previstos en la negociación colectiva o en el acuerdo que se llegue con el empresario". Por lo tanto, este apartado de su convenio es totalmente ajustado a Derecho y, tanto usted como el empresario, están obligados por él.
Respuesta
1
Le explicaré bremente su caso.
Independientemente de lo que diga el convenio colectivo, la ley de igualdad es la que impera en materia de maternidad.
Es decir usted tiene la obligación de solicitar a su empresa el acumular los días de lactancia por cuidado de hijo menor de nueve meses y la empresa la obligación de dárselos puesto que es un derecho que le asiste a Vd. La empresa no se puede negar, tiene que solicitarlo y la empresa calculará los días que le corresponden.
Transcurrido ese tiempo y una vez usted se reincorpore a la empresa, puede solicitar una reducción de jornada, con lo cual tampoco la empresa se puede negar. La ley de igualdad protege ese derecho y tampoco la pueden despedir, puesto que sería un despido nulo.
Gracias. Ya entiendo mi error. Pensaba que la ley no preveía la posibilidad de la accumular las horas de lactancia. ¡Pues genial!
Por otra parte, tengo la intencíon de enviar por burofax una carta para presentar mi decisión de primero accumular los días de lactancia, luego disfrutar de mis vacaciones y quizás a mismo tiempo anunciar que a cabo de mis vacaciones reduciré mi jornada de 1/8 para cuidar a mi hija.
Mis preguntas son las siguientes:
¿Cuál es el plazo de envío de esta carta para avisar que quiero disfrutar de la lactancia, 15 días antes de finalizar la baja por maternidad?
Aunque la empresa no me puede denegar este derecho, ¿necesito recibir su acuerdo por escrito a menos para el nº de días? ¿Tengo qué poner un plazo de respuesta en la carta?
Gracias de antemano por estas ultimas aclaraciones
No hay un plazo, si quieres puedes comunicarlo ya, para que la empresa se de por enterada. No te aconsejo dejarlo tampoco para el final. En el escrito puedes indicar que te den la respuesta de la misma manera.
Respuesta
1
Lo que más te interesa es solicitar acumulación de lactancia, vacaciones pendientes y después reducción de jornada por guarda legal.
La empresa no podrá negarse a concederte ninguno de estos derechos.
Aunque el convenio aun no establezca el periodo de lactancia acumulada tienes derecho a él, se podrá calcular teniendo en cuenta una hora por cada día laborable entre el fin del permiso de maternidad y los 9 meses del niñ@, las horas resultantes se transformarían en días laborables reales.
Y respecto a la reducción de jornada por guarda legal, debe ser entre 1/8 y 1/2 de la jornada ordinaria, elegiendo tú el horario dentro de tu jornada habitual, la empresa no puede negarse y durante el tiempo de reducción estarías protegida respecto al despido, este no podría ser declarado improcedente.
Gracias por tu respuesta.
Pero hay algo que no tengo muy claro. El convenio especifica que la acumulación de las horas de lactancia o la reducción por media hora tiene que ser con el acuerdo de la empresa. Que pasa entonces si decide que mejor que yo vuelva a trabajar y que reduzca mi horario. ¿En caso de desacuerdo quien tiene la ultima palabra?
¿Cuánto al calculo de las horas de lactancia, entiendo que se calcula de lunes a viernes, pero que pasa cuando hay días festivos, se suman también o hay que descontarlos?
Gracias una ves más por tus consejos
No, el convenio dice conforme al acuerdo con la empresa, por ley tienes derecho a acumular la lactancia, lo que tienes que acordar con la empresa es el número de días que te corresponden, y el cálculo se realizará como antes te comenté.
Debes solicitarlo con la suficiente antelación, si la empresa no responde podrás exigirlo judicialmente.
Si decides la reducción en vez de la acumulación de lactancia, serías tú la que elegirías entre descansar una hora diaria dentro de tu jornada laboral o entrar media hora más tarde o salir media hora antes (una cosa u otra), a esto se refiere el convenio con reducción de jornada con el permiso de lactancia. Quizás estás mezclando el permiso de lactancia con la reducción por guarda legal.
Como te decía respecto al cálculo, debes coger un calendario contar los días que deberías ir a trabajar, sobre estos tienes en cuenta una hora diaria (hasta los 9 meses), el número de horas resultante las volverás a poner en el calendario desde la finalización del permiso de maternidad hasta que se agoten, día a día laborable (no festivos, no descansos,...).

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