Dudas Nómina

Saludos a tod@s, trabajo como soporte técnico informático en una multinacional y os
escribo para pedir si algún alma caritativa me resuelve un par de dudas.
En primer lugar, saber si la cotización que tengo en mi nómina es correcta, ya que
no sé si es correcto que tenga una cantidad cotizable para hacienda y otra para
seguridad social, aparte de que respecto a esta última no sé de donde sale dicha
cantidad. Dejo aquí los datos:
Salario Base: 767.9
Gratificaciones Extraordinarias: 136.94
Antigüedad: 38.4
Plus Convenio: 53.79
Mejora Absorbible: 130.47
Dietas y Desplazamientos: 108
Total Devengado: 1235.5
IRPF 11% : 135.91
CC: 4.7% : 53.06
Desempleo 1.55% : 17.5
Formación 0.1% : 1.13
Base de cotización a la Seg. Social: 1129
Base sujeta a IRPF: 1235.5
Añadir además que estos conceptos están fijados según la categoría
"Inspector-entrevistador y Dibujante" del convenio "XVI Convenio Colectivo
Consultoras 2007-2009 BOE 4-4-09" aunque en la nómina pone que la categoría
profesional es "Técnico Senior", y resulta extraño además que el año pasado los
conceptos fueran otros y aparecieran según la categoría "Auxiliar, Auxiliar de caja
y Telefonista" del mismo convenio, mientras el devengado total y la cotización a
hacienda y Seguridad Social eran exactamente los mismos que ahora. Por tanto... ¿es
normal que la empresa varíe tanto los conceptos y luego el bruto y neto queden
igual?
¡Muchas gracias de antemano!
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El convenio es el correcto, pero la categoría no. Tienes que buscar en el convenio la descripción de las funciones de las categorías y ver cuál es la que más se ajusta a lo que haces en la empresa. Después tienes que ir acumulando pruebas de lo que haces, como emails de órdenes que te manden tus jefes. De esta forma cuando te de la gana, incluso después de irte o que te echen, podrás demandar para cobrar lo que te deban de diferencia entre lo que has cobrado y lo que deberías haber cobrado de 12 meses hacia atrás desde la fecha de la demanda.
Por tanto lo que diga tu nómina da exactamente lo mismo. Lo importante es cuál sería la correcta y que te deben la diferencia entre los salarios brutos de una y otra.
Por otro lado, que te hayan puesto distintas categorías sin cambiarte el contrato hace que, si éste es temporal, entre en fraude de ley, por lo que cuando te lo finalicen podrás cobrar indemnización de despido improcedente y salarios de tramitación si demandas. Lee este artículo sobre los contratos temporales en fraude de ley.
En la web Laboro hay un artículo para informáticos por si te interesa.
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