Despido de 33 días o 45 días

Me despiden de mi empresa tengo contrato indefinido desde 01/2008 y el motivo es por disminución de actividad en la empresa, mi indemnización que seria correspondiente a 33 o 45 días por año.

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La indemnización de 33 días es, cuando se tiene un contrato bonificado y con la marquita hecha en la clausula correspondiente, se hace un despido por causas objetivas que luego se reconoce o resulta improcedente.
Entonces, los despidos a 33 días serian cuando los contratos son bonificados, es decir, entonces cuando son indefinidos iniciales, no las transformaciones a indefinidos, ¿es así?,
Los demás contratos que no sean indefinidos bonificados ¿serian con el despido a 45 días siempre?
Muchas gracias, creo que estoy empezando a resolver mi problema.
No necesariamente, pueden ser indefinidos de inicio o pueden ser transformados a indefinidos.
Pincha en este enlace y sabrás si tu contrato es de fomento para el empleo:
http://www.inem.es/inem/ciudadano/empleo/contratos/pdf/2FOMENTO.pdf
Si no lo ves claro acude a un sindicato para que te digan de que contrato se trata y si te corresponden los 45 días o los 33.

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