Tipo de despido

Llevo trabajando en la misma empresa desde abril del 2006, siembre con contrato 401, obra y servicio, pasando por 3 contratos de obra y servicios en este tiempo. Contratos concatenados, pues cada contratación se ha realizado dándome de baja un día y dándome de alta al día siguiente en el nuevo contrato. Para final de este año, principio del que viene más tardar, me anuncian (informalmente) que no va a haber renovación, por falta de trabajo.

Me gustaría saber qué indemnización debo reclamarle a la empresa, entendiendo que el despido lo van a basar en causa económica.

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Si la empresa te despide por causas económicas, como como consecuencia de la caída de los ingresos durante tres trimestres consecutivos o por la falta de carga de trabajo causada por una disminución de la demanda etc, la indemnización que te tiene que abonar la empresa es la correspondiente a 20 días de salario por año de servicio en la empresa con un máximo de 12 mensualidades, pero antes de nada deberías de presentarte con los contratos de trabajo en un sindicato o ante un bogado laboralista  particular o un graduado social para que te mire los contratos de trabajo porque lo mas probable que la indemnización que te corresponda sea la equivalente a la de un despido improcedente porque es muy posible que los contratos de trabajo se hayan echo en fraude de ley entre otras cosas porque no se puede renovar un contrato por obra y servicio antes de finalizar la obra o el servicio para el que fuiste contratado, para seguir realizando la misma obra o el mismo servicio y porque el contrato de trabajo por obra o servicio pasa de temporal a indefinido porque la duración máxima de dicho contrato es de tres años o 4 si así lo establece el convenio colectivo, razón por la que el despido podrías ser declarado improcedente y la indemnización pasaría de 20 días por año de servicio a 45 años por año de servicio para los contratos de antes de la reforma laboral y a 33 días por años de servicio, para los contratos firmados después de la reforma laboral, así que deberías de mirarlo por si tienes derecho a reclamar por despido improcedente como consecuencia de una contratación en fraude de ley.. Ya me contaras. Si no necesitas ninguna aclaración, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez ..

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A partir del 1 de enero de 2013 entra en vigor la nueva ley sobre concatenación de contratos que haría que inmediatamente fueras indefinido... eso lo primero... así que los motivos... en fin..

Por otro lado, no sé cuál es tu actividad... pero vamos casi seguro tu contrato es ilegal y los motivos de obra o servicio son falsos... si ese fuera el caso.. también serías indefinido...

¿Qué cuánto te tienen que dar? Fin de contrato, con alta antes del 1/01/2012 son 8 días... 9 si tu última alta ha sido este año... 8 o 9 días por año trabajado...

Si consideras que tu caso puede ser que realmente los contratos están en fraude... siempre puedes denunciar para que un juez declare indefinido el contrato y te den 45 ´días por año hasta febrero de 2012 y 33 días por año a partir de febrero...

Si finalizan el conttrato no tienen que alegar NADA excepto FIN DE OBRA... pero si eso que haces... por ejemplo un proyecto de trabajo con la empresa tal, y ese proyecto NO ha finalizado... .DESPIDO IMPROCEDENTE y por tanto 45 días...

Si te despiden por causas objetivas... pues sí claro... tendrían que alegar causas económicas o lo que sea... y como no lo hacen por fin de obra... pues te correspondería como a otros es decir 20 días por año trabajado con máximo 12 mensualidades...

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Si realizan el despido por causas económicas, corresponde te abonen en el momento de la notificación 20 días por año trabajado. Teniendo en cuenta que debes reclamar la indemnización desde el primer contrato porque llevas en la empresa desde el año 2006 y lo puedes demostrar.

También podrías demandarles e intentar conseguir una indemnización de 45 días por año por considerarlo improcedente.

Si necesitas ayuda más adelante, no dudes en ponerte en contacto conmigo en el momento del despido ya que solo tienes 20 días para reclamar. Soy abogado y te podría ayudar

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