Despido causas económicas

Buenos días, hoy 15 de julio de 2009, he resido una carta de despido por causas económicas notificándome que el día 31 de este mes nos despiden por causas económicas a las dos únicas trabajadoras que tiene la empresa. Llevamos 3 años y medio en la empresa con contrato indefinido
La fecha que nos pone en la carta es el 1 de julio. ¿Es despido procedente o improcedente? ¿Tiene justicar las causas ante alguna autoridad y presentarnos a nosotras como que se lo han concedido?
No has dicho que no nos va a pagar las indemnizaciones. Nos podríamos coger desde mañana nuestras vacaciones.
Un saludo y muchas gracias

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La fecha que pone en la carat es porque legalmente deben comunicarse con 30 días de antelación. Como no lo han hecho no invalida el despido pero te han de pagar los días no cumplidos del preaviso (por tanto has de firmar como recibido con fecha de hoy) ademas durante ese mes os tendrían que conceder 6 horas /semana para búsqueda de empleo.
Sobre las causa depende de como se hayan justificado en la carat de despido y si estas obedecen a la realidad. Lo importante es saber si tenéis mucha o poca antigüedad para valorar si vale la pena demnadar (por norma general si, aunque solo sea para llegar a un acuerdo mejor)
¿PEro cómo me tiene que pagar esos días?
¿Y las vacaciones que no hemos disfrutado y no aparecen en finiquito?
¿Es procedente el despido?
TEnemos antigüedad de 3 años y medio
Gracias
Pues os han de pagar todos esos días de más detallados en el finiquito
las vacaciones que no habéis disfrutado, lo mismo os los hasn de pagar en el finiquito
con 3 años antigüedad yo presentaría demanda por despido improcedente (45 días) aleganado como inciertas todas las causas económicas que dicen para justificar el despido por causas económicas (piensa que este tipo de despidos requieren una fuerte carga probatoria por parte de la empresa), Con eso, de momento os citaran en conciliación para ver si podéis llegar a un acuerdo (que estaría entre 20 y 45 días) más los salrios de tramitación hasta la fecha de conciliación.
Ssi veis claro que no tienen mucho material para justificar o el acuerdo no os satisface concluís el acto SIn aveninecia y esperáis a juicio, ya que si ganáis, os han de abonar aparte de la indeminzación a 45 días todos los salarios de tramitación hasta la fecha de juicio

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