Derecho a descanso

Hola, trabajo 24 h semanales y hay días que trabajo 6 horas, según la empresa no tengo derecho a descanso, dicen que es a partir de 6 h ¿Realmente es así o me pertenecen 15 minutos? Gracias

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Es que realmente el estatuto dice que es a partir de las 6 horas. Esto quiere decir que han de ser a partir de como mínimo 6 horas y un segundo, literalmente.
Ademas el estatuto no dice que sea tiempo de trabajo efectivo y lo deja a la negociación co-
Lectiva, es decir los convenios.
Por lo que si el convenio aplicable no dice que el descanso sea retribuido, igualmente lo
tendrías que recuperar y te quedarías con lo comido por lo servido.

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