Dimisión y posterior trabajo. Derecho a paro.

Estoy en una empresa con grandes problemas de liquidez y me deben 4 meses de sueldo, desde hace más de año y medio no he cobrado un solo sueldo completo. Tengo un contrato a tiempo parcial indefinido desde hace 6 años. Ante la situación comencé a buscar trabajo y me ha salido una oferta en una empresa en buena situación en la que me harían un contrato a tiempo total primero de nueve meses y después indefinido.
Querría saber, si yo dimito con el preaviso de quince días y luego comienzo a trabajar en la otra empresa durante nueve meses a tiempo total y tras esto no les interesa que yo siga trabajando para ellos y me despiden por final de contrato. ¿Tendría derecho a paro? ¿Cuánto tiempo?
Tengo carnet de paro por mejora de empleo desde hace más de año y medio. Es para mi urgente que me den una respuesta pues tengo una familia que mantener de cuatro personas y no tengo más ingresos que los que le estoy diciendo, y me da un miedo terrible quedarme sin paro, pero ya les he pedido a mis jefes que me despidan repetidamente y no quieren porque, según ellos no podrían pagarme la indemnización.

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De la página del INEM. A ver si te sirve:
Pregunta:
Me fui de un trabajo voluntariamente, ¿cuánto tiempo tengo que estar en uno nuevo para poder cobrar prestación?
Respuesta:
Conforme regula la normativa sobre protección por desempleo, tras cesar voluntariamente en un trabajo no se tiene derecho a prestaciones por no estar en situación legal de desempleo. Si se trabaja después y se cesa en ese nuevo trabajo por no superar el periodo de prueba a instancia del empresario, cuando han transcurrido menos de tres meses desde la baja voluntaria del empleo anterior, tampoco se tiene derecho a prestación por desempleo por la misma razón (no acreditar situación legal de desempleo).
Si esta nueva relación laboral finaliza por no superar el periodo de prueba a instancia del empresario, pero han transcurrido más de tres meses desde la baja voluntaria, sí se tendrá derecho a prestación por desempleo, lo mismo que si el motivo del cese es un fin de contrato o un despido.
No obstante, se suele realizar un análisis concreto de cada caso para determinar si hay indicios que permitan establecer de manera fundada la presunción de fraude de ley en la última contratación, por si se pretende acceder a la prestación por desempleo de forma indebida.
Independientemente de que cambies de empresa, si la empresa te debe dinero puedes i-
Niciar un proceso de reclamación de cantidad que comienca depositando la papeleta de
conciliación en el servicio de mediación, arbitraje y conciliación de tu ciudad.
Puedes reclamar el total de lo que te deban de los últimos 12 meses.
Muchísimas gracias por su respuesta, me quedo mucho más tranquila tras la consulta. Voy a procurar terminar, en el caso de que me vaya a la otra empresa, la relación laboral de la forma más amistosa posible. Son muchos años trabajando para ellos, es una pequeña empresa, y se que no me han pagado porque realmente no han podido, no quiero ocasionarles quebranto y creo que puedo llegar a un acuerdo para irme con un sueldo y cobrar poco a poco posteriormente lo que me deben, si no, efectivamente tendré, muy a mi pesar, que acudir al servicio de mediación, arbitraje y conciliación.

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