¿Puedo cobrar paro si renuncio?

He renunciado a mi trabajo de 2 años, indefinido.
Ahora mi pregunta es, ¿si trabajo 1 día en una ETT o me hace un autónomo o una empresa un contrato por 1 día o finalización de obra (digamos como un extra en algo especial por 1 día) entiendo que ese contrato me haría acceder al paro?
Saludos y mil gracias, el tema que me voy al extranjero y no se como cobrar el paro.. Bueno o buscar la forma.. Hecha la ley hecha la trampa..

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Respuesta
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De la página del INEM:
Pregunta:
Me fui de un trabajo voluntariamente, ¿cuánto tiempo tengo que estar en uno nuevo para poder cobrar prestación?
Respuesta:
Conforme regula la normativa sobre protección por desempleo, tras cesar voluntariamente en un trabajo no se tiene derecho a prestaciones por no estar en situación legal de desempleo. Si se trabaja después y se cesa en ese nuevo trabajo por no superar el periodo de prueba a instancia del empresario, cuando han transcurrido menos de tres meses desde la baja voluntaria del empleo anterior, tampoco se tiene derecho a prestación por desempleo por la misma razón (no acreditar situación legal de desempleo).
Si esta nueva relación laboral finaliza por no superar el periodo de prueba a instancia del empresario, pero han transcurrido más de tres meses desde la baja voluntaria, sí se tendrá derecho a prestación por desempleo, lo mismo que si el motivo del cese es un fin de contrato o un despido.
No obstante, se suele realizar un análisis concreto de cada caso para determinar si hay indicios que permitan establecer de manera fundada la presunción de fraude de ley en la última contratación, por si se pretende acceder a la prestación por desempleo de forma indebida.
Pero si trabajase 1 día en algún lugar, como es supongamos como extra, en una obra, restaurante, al finalizar el contrato, ¿podría acceder al pero? Teniendo en cuenta que hace menos de una semana wue renuncié
Vaya parece que no leemos o eso parece. Je je.
¿De dónde sacas que trabajando un día ya accedes al paro cotizado de la empresa anterior?
Supongo de la rumorologia popular que choca de largo con la normativa VIGENTE.
Lo tienes explicado en la respuesta anterior, tienes que estar como mínimo 3 meses en el
Nuevo empleo y este finalice por causas ajenas a ti(despido, finalización contrato)nunca una nueva baja voluntaria. Por lo tanto no te serviría ni un día, ni una semana ni un mes, sino 3 meses.
Finalice y puntúe sino tiene más dudas.

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