Nuevo convenio y asuntos propios

Hola, buenos días.
El anterior convenio 2000-2007 (provincial y sectorial) en vigor hasta 31/12/07 se prorrogó tal y como él mismo recogía hasta la firma del nuevo.
En marzo-08 la partes negociadoras acuerdan reunirse, lo hacen en junio-08, y firman en octubre-08; en diciembre-08 la autoridad laboral manda retocar algunos artículos, se vuelve a firmar en enero-09, se registra en febrero-09 y se acaba de publicar en marzo-09.
Antes de hacerte la pregunta te copio dos artículos del convenio que creo tienen relación con el tema:
-Ámbito temporal: la duración del presente convenio será de 3 años, entrando en vigor cualquiera que sea la fecha de su publicación en el BOP, el día 01/01/2008, y finalizando el periodo de vigencia el 31/12/2010.
-Asuntos propios: los trabajadores, previa comunicación a la empresa con antelación de 10 días, tendrán derecho a tres días por año natural, en concepto de asuntos propios.
La pregunta es, acabado de publicar el convenio en marzo-09, ¿qué pasa con los días de asuntos propios del 2008?

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Pues lamentablemente los días de asuntos propios se pierden cuando acaba el año, porque es por año natural. A no ser que en su día los solicitaras por escrito y te los denegaran precisamente porque estaba el convenio sin publicar.

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