Desempleo

Hola, tengo 61 años, 39 cotizados y soy de antes del 67, tengo un E.R.E. De 21 días en el 2007 y ahora estoy en otro de 50 días, pero por falta de trabajo me van a dar el paro total sin indecnisacion porque no hay dinero, ¿me corresponden los dos años de paro y me quedaría el 100% después del paro? Gracias.

1 respuesta

Respuesta
1
Los trabajadores con 61 años cumplidos pueden acceder a una jubilación parcial., acreditando una cotización de 30 años, sin tener en cuenta la parte proporcional por pagas extras.
La normativa aplicable, según artículos 160 a 166 del texto refundido de la ley general de la seguridad social, exige que para cobrar la pensión vitalicia, al alcanzar los 65 años, se cese en el trabajo por cuenta ajena.
Para saber si cobras los dos años de paro dirígete al INEM, y ellos te dirán exactamente lo que te corresponde.
Después del paro tendrías 63 años, por lo que aunque hayas cotizado más de 35 años que es el máximo no tienes derecho al 100%.
Por tanto, te aconsejo te dirijas tanto al INEM como a la Seguridad Social, que ellos te van a asesorar de primera mano.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas