Finalización de contrato de interinidad

Tengo un contrato 410, por sustitución de una trabajadora que es presidenta del comité de empresa, en el contrato no consta el término del mismo, pero la empresa me ha comunicado por teléfono, que mí contrato es de un año y que se me acaba el 31 de diciembre. La persona a la que sustituyo no se va a incorporar, van a contratar a otra trabajadora. ¿Qué debo hacer? La presidenta del comité, dice que eso es así, porque aunque ella no se incorpore, la empresa tiene una cláusula interna que dice que el contrato, tiene una duración de un año, pero eso no es lo que dice el contrato que yo he firmado. He pensado incorporarme, el día 2 de Enero como si no me lo hubiesen comunicado. Gracias.
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Si la persona a la que sustituyes no se reincorpora se trata de un despido improcedente. Las clausulas internas de las empresas no existen. Las leyes las hace el parlamento, no tu empresa ni la listilla del comité. Por tanto tendrías 20 días hábiles para poner la demanda desde que se haga efectivo el despido. Por supuesto mientras que no te comuniquen nada por escrito tu vas a trabajar, porque no estás despedida. Si te dan de baja en la SS sin carta de despido sería despido nulo con readmisión obligatoria. Por supuesto, acude a un sindicato que no sea el de la listilla.
Tú no tienes que pelearte con nadie ni discutir de derecho laboral. Tu les dices que sin carta no hay despido y que cada día mirarás la web de la SS a ver si te han dado de baja. CUando haya despido, demandas apurando el plazo de 20 días (así cobrarás más salarios de tramitación).

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