Despido en excedencia por traslado

Hola, el caso de mi mujer es el siguiente, ¿esta de excedencia de un año y se incorpora al trabajo el 3/01/2009 pero le comunican que la empresa la trasladan a madrid estando en barcelona.mi pregunta es que le corresponde si no aceptamos trasladarnos y si le interesa empezar a trabajar haciéndose el traslado en abril? Gracias

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Como implica cambio de residencia puede rescindir su contrato con derecho a una indemnización de 20 días por año con un tope de 9 mensualidades y con derecho a paro. Pero mi consejo es que no diga nada hasta que se reincorpore y le comuniquen el cambio por escrito.

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