Vacaciones sin disfrutar por baja por embarazo

Soy indefinida desde Junio en mi empresa después de un año eventual y a finales de julio me dieron de baja por lumbociática a causa del embarazo, no he disfrutado los 17 días de vacaciones que tenia fechadas para Agosto. Me toca dar a luz en febrero, claro ya es otro año, entonces me gustaría saber si puedo disfrutar esas vacaciones después de la baja de matrenidad o por el contrario las pierdo.
Y también me gustaría saber si después de la baja de maternidad pido una excedencia de un año para el cuidado de hijos y el día que me vaya a incorporar me despiden, si el tiempo de las bajas y la excedencia cotizan para cobrar el paro.
Muchísimas gracias
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Respecto a las vacaciones, como tal periodo de vacaciones y salvo pacto en contrario, es decir si el convenio colectivo, o un acuerdo con la empresa no dice otra cosa. Las perderías al 31 de diciembre de cada año. Pues el periodo de computo para un nuevo derecho de disfrute de las mismas comienza el día 1 de enero de cada año.
Yo te aconsejaría para intentar no perderlas, dos cosas:
1ª) Intenta pactar con la empresa disfrutar algunos días si no todos, después de tu alta, o de tu maternidad. Cosa no fácil con las empresas.
2ª) Ya que seguramente te dirán que es imposible y te dirán algunas que otras cosas, intenta otra jugada, que tampoco es muy legal, por lo llanto te dirán seguramente que tampoco, pero al menos intentalo, te puedes llevar alguna sospesa. Esta otra jugada es que te abonen o compensen estos días de vacaciones que pierdes.
En este segundo caso solo tendrás derecho a 2,5 días por mes, de enero a julio, unos 17 días, ya que la baja no da derecho al cobro, pero si al computo para su disfrute.
Ante tu segunda consulta, o pregunta.
El tiempo de baja contabiliza para para el finiquito, para las vacaciones, pagas extras y para el desempleo, ya que es tiempo que tu cotizas, aunque tu situación sea la de baja por enfermedad. La excedencia no contabiliza para estos efectos. Por lo que el año de excedencia no se tendrá en cuenta para el paro.

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