Derecho a vacaciones después de excedencia materni

Acabo de reincorporarme a mi puesto de trabajo después de una excedencia de un año y medio por maternidad, mi pregunta es si ahora en verano tendré derecho a un mes de vacaciones como siempre, o me computaran a partir de abril que es cuando me he reincorporado, en ese caso creo tendría derecho a unas tres semanas, ¿no?

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Tienes derecho, en general, a la parte proporcional. Si vas a trabajar por días haz una regla de 3:
Dias de vacaciones= X * 30 / 365
Eso es en caso de una excedencia por otro motivo, pero cuando es por maternidad existen una serie de derechos como que conservo la antigüedad, como que en todo momento he seguido de alta en la S.S., he recibido los regalos de navidad de la empresa, etc, derechos que gente con una excedencia por maternidad no disfruta.
No estoy segura que a efectos de vacaciones consideren una excedencia por maternidad igual que una excedencia por estudios por ejemplo.
Gracias
Ya te he respondido.

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