Fin de contrato de obra... ¿Qué?

Agradeceré la ayuda de cualquiera que pueda darme su opinión o echarme un cable... Aquí va mi caso:
Hace 5 meses y 25 días me hicieron un contrato de obra en una empresa subcontratada (llevando un camión) para transportar mercaderías de otra empresa. Aun me acuerdo de aquel día, las palabras del jefe fueron: "te garantizo trabajo durante todo el año".
Me he pasado todo el verano haciendo más horas que un reloj, y cuando preguntaba a mi jefe por estas horas extras, solo me daba largas.
Hace cosa de 2 meses contrataron a otro chófer (amigo del jefe), según él porque no daba a basto con los camiones que tenia.
Pues bien, ahora que empezaba a haber menos volumen de trabajo, y cuando según el jefe iba a hacer menos horas de las que constan en mi contrato para recuperar todas las horas extras que había hecho en verano, día 1 de Noviembre me comunica la finalización de mi contrato en la empresa para día 15 del mismo mes. Cuando le pregunto sobre el finiquito me dice que como es un contrato de obra en este caso no hay finiquito(las pagas extras iban incluidas en nomina, pero, ¿y lo demás?).
Hoy viernes día 15 termina mi contrato, el lunes me paga los 15 días y se acabó. ¿Qué debo hacer? Me había planteado hablar con el pero el tío tiene una mala leche que me parece que seria imposible llegar a ningún acuerdo.
Y por fiarme, ahora me encuentro con que no tengo trabajo, no encuentro nada, no se cuanto podre subsistir con lo que tengo y que debo seguir pagando el préstamo del coche.
Por cualquier consejo o sugerencia.

1 Respuesta

Respuesta
1
En principio pudiera ser que el contrato estuviera en fraude de ley, por no poner la obra a realizar en el contrato de trabajo o por ser esta la actividad normal de la empresa.
Yo te diría que te asesores a través de algún sindicato o abogado laboralista para saber si es viable una demanda por despido improcedente. En este caso la empresa debería readmitirte pagando te los salarios de tramitación (los dejados de percibir entre la fecha del despido a la readmisión)o confirmar el despido pagando una indemnización de 45 días por año de servicio más salarios de tramitación en vez de la típica indemnización de 8 días por año de los contratos por obra y servicio.
En cuanto al finiquito, esta sera obligatoriamente:los días de salario del mes en curso hasta el cese, la parte proporcional de las pagas extras devengadas(en tu caso como las tienes prorrateadas no te pertenece nada de este concepto)y las vacaciones devengadas y no disfrutadas. Aparte la indemnización de 8 días o de 45 si se anima a poner la demanda.
En cuanto a las horas extras realizadas de más tiene la posibilidad de reclamarlas en otra demanda como relamacion de cantidad. Dígale a su abogado que pida que la empresa aporte los discos del tacógrafo en el juicio. La empresa esta obligada a guardar dichos discos durante un año.
No olvide finalizar la pregunta sino tiene más dudas.
La verdad es que me ha quedado todo bastante claro. Acudiré a UGT o C.C.O.O. a ver si ven viable la demanda para conseguir que me readmitan, o en su caso, me paguen el despido improcedente. Muchas gracias y un saludo.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas