Reducción jornada

Quiero solicitar reducción de jornada. Estoy contratada a 40 horas semanales y quiero reducir a 30. Mi horario habitual es de 10h a 13h y de 17h a 21h y los sábados por la mañana el mismo y por la tarde de 17h a 21:30h y los lunes por la mañana libre. Quiero solicitar el horario de 10 a 15h de lunes a sábado y tengo miedo a que no me lo acepten se por compañeras que le hicieron reducir más horas de las que querían debido a que tienen que contratar a otra persona por las horas que ya no hacen. ¿Me pueden hacer esto? ¿Y quería aprovechar para preguntar si me pueden cambiar de puesto de trabajo? Es decir estoy en un centro comercial en textil y quería saber si me pueden pasar para pescadería, charcutería, bazar, alimentación u otros

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La reducción de jornada NO se puede negar. Si ocurriese denuncia, ya que una vez comunicada ni si quiera pueden despedirte.
Puedes reducir desde 1/8 a la mitad, en la fracción QUE TE DE LA GANA. No pueden negarse a ello. Lo que si has de hacer es elegir la reducción de jornada dentro de tu horario ordinario, no puede ser fuera de él. Para ser fuera de él has de acordarlo, o demostrar la imperiosa necesidad de hacerlo, y que haya actividad en la empresa en esas horas.
Sobre si te pueden cambiar de lugar, pueden reduzcas o no la jornada, dentro de los límites de la movilidad funcional que contempla el estatuto de los trabajadores. Si tu contrato es específico para un lugar concreto, solo pueden cambiarte por imprevistos y durante el tiempo imprescindible.
Ante todo gracias por la rápida contestación.
Me gustaría saber si tengo derecho a pedir el horario de 10h a 15h siendo antes mi horario a jornada partida como indique en mi anterior pregunta. Debido a que no tengo otra opción. Mi hija de 3 años tiene horario de 9 a 15h en los meses de septiembre y junio y los restantes de 9:30h a 16h. la pequeña de 4 meses va la guardería de 9:30 a finalizar la jornada de trabajo. Como veis no tengo mucho tiempo para salir y recogerla en la parada de autobús. El horario de la empresa es de 10h a 22h. me informe también en la gestoría de mi marido y me dicen que depende también del convenio (centros comerciales) que tenga la empresa me gustaría saber de que depende pues esto no me soluciona nada de nada. No puedo dejar a mi hija en la calle y por motivos personales no cuento con nadie que me la pueda recoger. Hasta ahora contaba con la ayuda de mis suegros pero por problemas de salud ya no puede ser.
Gracias de antemano,
(xxxxxx)
En principio el horario elegido ha de ser dentro del horario ordinario, pero si no te soluciona la papeleta y lo puedes demostrar, y en tu caso veo que es fácil demostrarlo, puedes elegir otro horario.
Si te lo negasen, tendrías que en principio acatar otro horario, pero denunciando a la empresa y en el juicio demostrar que no tienes otro remedio que elegir ese horario. Hay jurisprudencia que ha permitido elegir horarios fuera del horario ordinario por ser estrictamente necesario, como tu caso. Así que no te achiques y solicita el horario que necesitas, y si te lo negasen denúnciales que tienes las de ganar, ya que en el horario que solicitas la empresa está activa..
Muchas gracias ! Me habéis sido de gran ayuda.
Tengo una ultima pregunta. En caso de tener que denunciar y que gane, ¿qué puedo hacer si empiezan a hacerme la vida imposible? Me comentaron muchos que es mejor callar porque una vez que denuncie por mucho que gane voy a salir perdiendo debido a que en muchas empresas te hacen luego la vida imposible. En fin en palabras no muy finas que te "putean". ¿Qué se puede hacer? Pues demostrarlo me imagino que sera difícil. ¿Ya se que durante la reducción el despido es nulo pero y cuando vuelvas a la normalidad?
Gracias de antemano
(xxxxxx)
Tienes toda la razón en lo que expones. Cuando se va a las malas, puede ser que te intenten putear. Pero eso es algo que ya escapa de los términos legales, si quieres o no jugártela a eso. Mi punto de vista es que hay que luchar por nuestros derechos, y durante la reducción de jornada lo tienen mal para putearte ya que epuedes plantarles cara y no te pueden despedir.
En el peor de los casos, deberán indemnizarte con 45 días por año, pero hay que procurar ser más lista que ellos y buscarte pruebas que relacionen el posible despido con tu reducción de jornada, De este modo, aunque hayas finalizado la reducción de jornada seguirá siendo nulo, ya que no es solo nulo si estas de reducción de jornada, sino si se demuestra que ese ha sido el motivo.
Obviamente, esta decisión es personal y deberás valorarla tu.

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