Permiso retribuido

Buenas tardes.el articulo 18 apartado c de nuestro convenio, en lo que se refiere a
permisos retribuidos dice:por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber
de carácter publico o personal.
Se podría interpretar que en base a esto las ausencias al trabajo, previo aviso y con justi-
ficacion, para acudir al medico para hacerse las pruebas de un preoperatorio deberían ser
retribuidas.
Gracias por la respuesta.

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No, este permiso se refiere por ejemplo para la asistencia a un juicio en el que tengas que acudir obligatoriamente (deber personal).

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