Permiso retribuido

Tengo una citación en un juzgado en horario laboral (la citación es para un tema personal), ¿He de recuperar las horas? O ¿Es un permiso retribuido?

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La citación en juzgado es permiso retribuido, lo puedes documentar en el art. 37.3.d del Estatuto de los Trabajadores. Debes informar a la empresa con anterioridad y llevar justificante, no tienes porque dar explicaciones del tema y la empresa debe pagarte esta ausencia al trabajo.

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