Cotización de Pagas Extras

El caso es el siguiente: Un trabajador trabaja sólo 2 horas a la semana de lunes a domingo ( venta ambulante ). Por estas horas el trabajador cobra un salario y cotiza por él. La seguridad social me dice que tiene que cotizar por todos los días que está en alta, incluyendo los días que no trabaja, es decir, si trabaja las dos horas un lunes, también tiene que cotizar por el resto de días de la semana. Mi pregunta es: Por esas dos horas cobra un salario, ¿pero la prorrata de pagas extras se calculan en función de las horas trabajadas o en función de los días cotizados?

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Le comento:
La prorrata de pagas extra va en función de los días y horas efectivamente trabajados, no de los días cotizados. Se calculara esa prorrata sobre el salario bruto de dicho trabajador.

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