Conflicto en herencia de padre con mi abuela

¿Puede mi abuela decir que unas fincas rurales (no registradas) son herencia suya, cuando mi padre (ya fallecido) llevaba pagando el catastro durante 20 años?

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A ver si me explico. Si usted va a vender (por ejemplo) un piso, encuentra un comprador y van juntos a un notario.
Y el notario hace una escritura de compra-venta por la que el propietario vende al comprador el piso.
Pero claro, el notario vela por la legalidad.
Si yo pretendo vender el palacio de la Zarzuela, me va a pedir una nota del registro de la propiedad, y si el palacio aparece a mi nombre hará la escritura y se habrá producido la venta.
Pero si en el registro de la propiedad no aparece a mi nombre, el notario (ningún notario), hará la escritura, y yo no podré vender.
Con esto pasa lo mismo.
Su padre puede haber sembrado la tierra, pagado impuestos, hecho acequias, plantado árboles, regado, fumigado, abonado... y puede incluso haberse comido las manzanas.
Pero ¿en el registro de la propiedad aparece la finca a su nombre? ¿No?
Pues entonces, la finca no es suya.
¿Y aparece a nombre de su abuela?
Si aparece a nombre de su abuela, la propietaria es su abuela.
Pero si era una herencia que recibió de sus padres... y no ha hecho la escritura de aceptación de herencia y no las ha registrado a su nombre... pues tampoco son suyas.
Los propietarios no son los que pagan el IBI, o plantan árboles.
Los propietarios son aquellos a cuyo nombre está la finca inscrita en el registro de la propiedad.
Un saludo y si no tiene más que añadir, le ruego finalice la pregunta para que me quede libre.
Ante todo muchas gracias por la rápida respuesta. Quisiera hacerle una última cuestión. Las fincas no están registradas en el registro de propiedad, lo único que aparece respecto a ellas, es el recibo del catastro dónde se refleja que mi padre las lleva pagando más de 20 años. ¿Eso sirve para algo? , de no ser así, ¿Qué puede hacerse?.
Muchas gracias, de verdad.
Por lo que me dice, desde luego, parece la cosa bastante antigua.
Hay 30 años para reclamar una herencia, aunque si se pasa uno 15 ó 20 años, no suele pasar nada... pero... pero puede perderse.
Yo les aconsejaría consultaran con un abogado.
Y si quieren con tres o cuatrro y les pidan presupuesto, que en cuanto pides presupuesto, el costo final, suele descender lo indecible, y si no, te arriesgas a pagar una pequeña fortuna.
Y digo lo de contratar abogado, porque hay que hacer averiguaciones, ver registro, identificar las fincas, localizarlas en mapas, definirlas, ... en fin, un montón de cosas que yo no puedo hacer.
Mejor que lo haga un abogado de la localidad, que sabe moverse, tiene contactos y conoce le lugar.
Hay que identificar las fincas.
Ver a nombre de quien están.
Porque dices que no están registradas en el registro de la propiedad. Y eso es imposible, porque las fincas existen.
Querrás decir que no están regostradas a nombre de tu abuela, pero como las fincas existen, seguro que están registradas a nombre de alguien, aunque sea a nombre de Viriato. Pero a nombre de alguien seguro que están registradas.
Pueden ser los bisabuelos... los tatarabuelos... o vete tu a saber, que nuestros antiguos eran muy aficionados a comprar y vender fincas, escribiendo de mala manera y sin legalidad alguna en una cuartilla de cuaderno de parvulario, o con un simple estrecharse las manos, que entonces, todavía existía eso del honor y la palabra dada valía más que la vida propia.
Virtudes que hemos perdido.
Pero desde luego, el pagar el IBI u otros impuestos, no da más derecho a nadie.
Y vete a saber la cantidad de posibles herederos que pueden surgir.
Hay casos de estos, que al final, hay más de 30 herederos que se meten en el tema.
En fin, que como comprenderá, solo puedo aconsejarle que lo ponga en manos de un profesional, porque es el que puede con facilidad investigar, verificar, revisar, consultar registros... etc y yo no puedo.
Un saludo y les deseo que todo les salga bien.

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