Quiero saber como se adiciona una herencia si no está actualizado el Registro de la Propiedad

Que pasos tengo que dar ahora para heredar de mis padres con testamento, ellos no hicieron adición de herencia, ni mis abuelos tampoco, pero sí testamento. Las propiedades siguen a nombre de mi bisabuelo y todos aquí nombrados son difuntos, la última mi madre hace 8 años.

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Como comprenderá no se puede heredar más de lo que esté a nombre del difunto.

Asique lo primero es actualizar el registro de la propiedad.

Si hay propiedades, a nombre del bisabuelo, primero ha de pasar a los abuelos, luego a los padres y por fin a los herederos actuales.

Pero para aconsejarle bien, hay que ver informes, "papeles" etc.

Importante es la nota simple del registro de la propiedad.

Y también los recibos del pago del IBI.

Yo le aconsejo que contrate abogado de su población, ya que puede que pueda adquirir la propiedad por "Usucapión", que sería más simple y económico, pero hay que ver la situación real, y ver si hay otros posibles herederos. (Esto esmuy importante).

Primero muchas gracias por su respuesta.

Debo aclarar lo siguiente:

1- La propiedad consta en Registro Propiedad a nombre de nuestro bisabuelo que emigró dejando una hija, nuestra abuela ella sí hizo testamento a favor de nuestra madre, y en los años 50 llegaron, por el lugar gente del Registro del Catastro y registraron las propiedades a nombre de nuestros padres que pagaron el IBI hasta su muerte y nosotros continuamos hasta el presente.

2- Las liquidaciones de herencia, de sus hermanos y de su padre las hicieron mis padres, ahora tenemos las propiedades o buena parte de ellas registradas en Rgtro Propiedad a nombre del bisabuelo de mi madre, y la totalidad de las fincas y casa registradas en el Catastro a nombre de nuestros padres. Todo un laberinto. No nos constan más herederos por liquidar, pues nuestro abuelo se fue del lugar siendo bastante mayor, según mis cálculos...

¿Cuál sería, según su criterio, la fórmula más adecuada y económica para adicionar esa herencia? Pues esta parte de la herencia se halla en Asturias y los herederos legítimos estamos en Barcelona donde también heredamos un pasito que ya hicimos escritura de aceptación de herencia hace 8 años, a la muerte de nuestra madre.

muchas gracias por su gran amabilidad, les quedo infinitamente agradecido

Ya la cosa aparece más clara que en su pregunta inicial en la que decía que todo estaba a nombre del bisabuelo.

Según dice ahora, hay propiedades que ya están en el registro a nombre de sus padres.

Eso es lo que yo le decía que hay que pedir notas simples en el registro de la propiedad para saber con seguridad como están las propiedades.

Los recibos del IBI son importantes para poder solicitar la herencia por "usucapión" como les decía, ya que el haber pagado los impuestos durante muchos años les da un gran poder.

Pero repito que viendo los "papeles" de todo es como se puede uno hacer una idea más exacta.

Por aquí, y sin datos más concretos, de fechas, y registros, poco más les puedo indicar.

Me remito a lo dicho con anterioridad, mejor es buscarse un abogado que a la vista de todos los documentos, aparte de los otros posibles herederos, que por lo que dice, parece que hay, podrá iniciar las gestiones necesarias.

He de decirles, q

Perdón, se cortó la respuesta. Sigo:

He de decirles que no soy abogado. Solo puedo aconsejarles, pero la decisión final es de ustedes.

Yo siempre procuro aconsejar de tal manera que se puedan solucionar las cosas sin intervención de abogados, ya que eso encarece y mucho la resolución.

Pero en este caso, no veo más remedio, máxime porque viven en Cataluña y las fincas están en Asturias.

Aparte de que creo que al final terminarán en los tribunales para que el juez les otorgue la propiedad.

Por oro lado, les aconsejo que planteen el tema a varios abogados por separado, y les pidan presupuesto.

Las tarifas de los abogados son libres y en el coste si piden presupuesto a varios verán que es importante la diferencia.

Y tampoco hace falta un abogado "puntero", es decir de los famosos que son más caros. Este es un tema en principio bastante simple. Cualquier abogado lo puede llevar.

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