Paro y sperposición de trabajos

Mi vida laboral dice que tengo 1146 días cotizados, cuando voy al INEM me dicen que me corresponden 1075 porque durante un período tuve dos trabajos en forma simultánea. Uno era de ocho horas y el otro media jornada, por lo tanto me dijeron que esos días me los tendrían que descontar del total de mis días trabajados.
¿Es esto correcto? Lamentablemente en el INEM, están muy ocupados para responder a esta pregunta.

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Hasta ahora no he podido contestarle)
La duración de la prestación de desempleo se calcula en función de los periodos cotizados durante los 6 últimos años anteriores a pasar a la situación de desempleo.
Por periodos cotizados se entiende únicamente aquellos en los cuales ha existido cotización (sea en una empresa únicamente o en varias a la vez), sin que se computen doble las cotizaciones superpuestas en el mismo periodo. O sea cada día que se cotice en dos empresas simultáneamente se computa como un día a efectos de calcular la duración de la prestación.
Ahora bien, aunque para el cálculo de la duración de la prestación no se computan las cotizaciones superpuestas, si se computarían para calcular una mayor cuantía de la prestación de desempleo (sin superar los máximos establecidos) siempre que esas cotizaciones se hayan realizado en los seis meses anteriores a la situación de desempleo... ya que esos 6 meses son los que se tienen en cuenta para calcula la cuantía de la prestación.

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