Media jornada y prestación por desempleo

Actualmente tengo dos trabajos en dos empresas distintas amedia jornada, en mayo se me finaliza el contrato de una de ellos y posiblemente no me renueven el contrato. ¿Tengo derecho a desempleo en la parte proporcional a media jornada?

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De la página del Inem:
Pregunta:
Tengo dos trabajos a tiempo parcial, pero he perdido uno de ellos. ¿Puedo cobrar desempleo? ¿Cómo se calcula la duración y cuantía de la prestación? ¿Se tienen en cuenta los dos trabajos o sólo el que se acaba?
Respuesta:
Como el cobro de la prestación contributiva es compatible con el desarrollo de trabajo a tiempo parcial, si la pérdida del empleo ha sido involuntaria, se encontraría en situación legal de desempleo y podría cobrar una prestación siempre que reúna el resto de requisitos generales (alta en Seguridad Social, mínimo 360 días de cotización, no haber cumplido la edad de jubilación, etc.).
Se calcula la duración de la prestación teniendo en cuenta todos los períodos cotizados que no hayan sido utilizados en los seis años anteriores a la situación legal de desempleo, y en estos se incluyen las cotizaciones del trabajo que pierde, las del que mantiene y las de todas las relaciones laborales que haya tenido en ese periodo.
La cuantía de la prestación se calcula con las cotizaciones de los últimos 180 días del contrato finalizado, sin considerar lo cotizado en el empleo que mantiene.
En caso de pérdida del empleo que mantiene deberá comunicarlo al SPEE para recalcular la cuantía de su derecho.

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