Prestación con pluriempleo

LLevo Varios años en dos empresas con PLURIEMPLEO, hace 3 Meses di baja voluntaria en una de ellas donde cotizaba el 100 % de la jornada. Ahora me van a despedir por reducción de plantilla en la otra donde cotizo 50% de la jornada.

¿Me contaría las cotizaciones del anterior trabajo? Si fuese así tendría:
90 días a 100%
90 días a 50%

Es eso correcto o solo tengo 180 días al 50%

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No sé si lo he entendido bien, me imagino que estamos hablando de de la prestación por desempleo, las cotizaciones causadas en tu vida laboral, cuentan para el computo del tiempo solicitado para la duración de la prestación, descontando los periodos que se solapen, en cambio para hallar la base para el cálculo de la prestación se realiza con los últimos 180 días cotizados, y en este caso las bases coincidentes, de uno u otro trabajo, se suman pero la pérdida del trabajo se produce por causas no imputables al trabajador, con lo que la prestación será al 50%, ya que el otro trabajo fue por baja voluntaria.

Cuando te das de baja y empiezas un nuevo trabajo y te despiden en el periodos de prueba esa persona que no es mi caso pero es muy parecido creo que computan sus bases de los últimos 180 días, y a mi porque no???

Creo que no has entendido lo que te he explicado;
1º el ejemplo que me pones jamás conseguirá una prestación de desempleo, ya que cuando vienes de una baja voluntaria, y después consigues un nuevo trabajo y causas baja por no superar el periodo de prueba en este último trabajo, no tienes derecho al desempleo.
2º Nadie te ha dicho que tus bases no computen, sino que computan para una cosa y para otra no, tienes que diferenciar lo que es periodo de desempleo y periodo para el cálculo de la prestación.
P.e. Un señor que cotiza en dos empresas durante un año, tiene en cada su base, el periodo que se le reconoce no es el doble, o sea dos años, es un año. Si el desempleo indica que para cobrar durante 2 años, debes tener 6 años cotizados, a este Sr., sólo podrá cobrar durante 4 meses, no sobre 8 meses. En cambio a la hora de calcularle la prestación que va a cobrar, se toman los 180 días últimos, o sea 6 meses, aquí las bases se sumarían, serían dobles, con lo que la prestación sería mayor que con una única base de uno de los trabajos.

Ante todo muchas gracias.

Yo diferencio bien en tiempo de cotización y periodos computables para la prestación y sobre esto es mi pregunta.

Yo tengo 2 años de paro porque he trabajado ininterrumpidamente en los últimos 7 años sin cobrar prestación.

Hace 3 meses decidí salirme de una empresa donde cotizaba 1000 euros 40 horas y ahora me despiden donde cotizo 700 por 20 horas.

No es lo mismo cobrar la prestación de 6 meses cotizados a 700 euros al 50%.

Que cobrar por 3 meses de 700 al 50% mas 3 meses 1700 al 100%

La prestación varia casi en 500 euros mes.

Entonces antes de solicitarla necesito aclararme porque no puedo arreisgarme a que me digan que me pagan 350 euros cada mes, si es así preferiría esperar y cotizar 100 en otra empresa.

A ver si nos aclaramos, te complicas mucho con los porcentajes, el cálculo es igual para una jornada al 100% que para una al 50%, olvídate de ellos, las bases ya son mayores o menores según el porcentaje de la jornada.
En tu caso tienes 3 meses con bases de 1700 y, otros, 3 con bases de 700, la suma de todas da 7200 y la dividimos entre 180, nos dará una base diaria de cobro, a la cual le aplicamos el 70% durante los 6 primeros meses y el 50% por el resto, la cantidad que nos resulte, en cada tramo, la multiplicaremos por los días a cobrar (el SEPE ajusta más las cantidades ya que computa todos los días naturales del periodo).
Ahora es cuando el porcentaje (de la jornada) entra en juego, como sabrás las prestaciones no pueden sobrepasar unos topes máximos o mínimos, según se tengan hijos o no, bien cuando el desempleo es por una jornada a tiempo parcial, el porcentaje de la jornada se aplica a esos máximos o mínimos, con lo que sí, creo, que el tope está en 1087,2,-€ para las jornadas al 100%, si estamos ante una jornada 50% el tope máximo será 543,6,-€, con lo que no podrás sobrepasar este límite, es igual que tu cálculo de más, salvo que tengas hijos a tu cargo.
Para tu conocimiento en la web del SEPE, hay un programo de autocálculo de prestaciones de desempleo.

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