Baja en autónomos, desempleo

He trabajado durante 28 años, los últimos 10 como autónomo, me he dado de baja en el mes de Marzo y me he apuntado al paro, creo que no tengo derecho a percibir ninguna cantidad, ¿pero qué ocurre con los primeros 18 años de cotización en el Régimen General?

¿Puedo solicitar alguna prestación por esos años?

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Si cuando as estado trabajando por cuenta propia como autónomo as estado cotizando por contingencias profesionales y accidente de trabajo(AT/EP) y por cese de actividad tendrás derecho a cobrar por cese de actividad si as cotizado al menos durante 12 meses y si el cese de actividad como autónomo se a producido por causas ajenas a tu voluntad cierre del negocio o cese de actividad por perdidas económicas etc, pero si no reúnes ninguno de esos requisitos para poder acceder a la prestación por desempleo que tienes acumulado por las cotizaciones efectuadas en el régimen general de la seguridad social como trabajador por cuenta ajena, tienes que trabajar y finalizar un contrato de trabajo como mínimo de tres meses, para que puedas solicitar la prestación por desempleo acumulada pero como la duración de la prestación por desempleo, se calcula teniendo en cuenta todos los períodos cotizados al RGSS Y al SEPE/INEM que no hayan sido utilizados en los seis años anteriores a la situación legal de desempleo, y en estos se incluyen las cotizaciones del trabajo que pierde, las del que mantiene y las de todas las relaciones laborales que haya tenido en ese periodo de tiempo, es decir que mientras no se haga uso de ninguna prestación durante los 6 años anteriores a la situación legal de desempleo, o lo que es lo mismo cuando te quedas sin empleo por causas ajenas a tu voluntad, y todas las cotizaciones que efectúes durante ese tiempo se acumulan para la prestación por desempleo hasta los 24 meses de tope máximo, independientemente del las empresas en las que hayas cotizado, como ya han transcurrido mas de 6 años sin solicitar la prestación por desempleo por las cotizaciones que tenias acumuladas esas cotizaciones acumuladas las as perdido porque han pasado mas de 6 años sin solicitarlas, pero tanto las cotizaciones por cuenta propia como autónomo como las cotizaciones como trabajador por cuenta ajena se computan para la jubilación, pero si quieres tenér una información mas completa puedes llamar a este numero de teléfono y pedir la información que precises.. Un saludo..

http://www.infoautonomos.com/información-al-dia/seguridad-social/paro-de-autónomos/?gclid=CLGemN636K4CFcjO3wodoxbbkw

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