Restricciones Seguro de vida. Accidente ebrio

Mi marido ha contratado un seguro de vida porque hemos comprado un piso con hipoteca. Hemos contratado el seguro de vida más el de invalidez, pero no el seguro de accidente en el que te dan el doble si la muerte es causada por accidente.
Hemos visto que hay restricciones, como por ejemplo el suicidio en el primer año y otras como por ejemplo muerte en accidente estando ebrio o en quad. Si por ejemplo, ¿tiene un accidente y da positivo en la prueba de alcoholemia no pagarían nada? ¿O el seguro de vida es para cualquier tipo de fallecimiento y eso solo importaría si hemos contratado el srguro por accidente? Gracias
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Las exclusiones de un contrato de seguro deben figurar en el propio contrato. Generalmente en las pólizas de vida no hay demasiadas exclusiones, pero cada aseguradora puede incluir las que quiera. Es importante que lean el contrato con detenimiento y clarifiquen si cada exclusión es general o para una de las garantías en concreto.
Entender estos contratos no siempre es sencillo, por eso es importante contratar las pólizas de seguros a través de profesionales, agentes o corredores de seguros, que pueden resolverle estas duda con facilidad. Y exija que lo que le cuentan de palabra se lo muestren por escrito en su contrato.
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