Desgravación Renta de ampliación de Hipoteca

Queremos ampliar capital de nuestra hipoteca y el banco no pone ninguna pega.
La cuestín es saber cual es el tratamiento fiscal de esa ampliación, pues el banco cuando se generen los nuevos recibos solo envía un único recibo por el importe de capital más intereses de la totalidad del préstamo anterior más lo ampliado. Y de cara al ejercicio siguiente no sé que tratamiento fiscal hay que hacer, si no se emplea toda la ampliación de capital a la vivienda.
Por otro lado, en este último supuesto, si hago la declaración al año que viene por todos los conceptos de capital más intereses y no he gastado todo el dinero de la ampliación, que puede ocurrir con Hacienda.
Y por último, en caso de calcular solo el importe de los intereses y capital del préstamo que tenía y declarar solo eso(creo que es lo correcto) y Hacienda ve que existe otros importes, Pide algún tipo de información, aún habiendo hecho bien la declaració de solo el importe de pre´stamo y no de ampliación.
Las tres preguntas están muy relacionadas, pido aclaración a algún experto.

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La Ley de la Declaración de la Renta, exige para desgración fiscal por compra de primera vivienda, la compra en si, más las posibles AMPLIACIONES que se hagan en la vivienda.
Si se toma un préstamo superior, y se utiliza parcialmente en la AMPLIACIÓN, debe prorratearse la parte empleada para este fin, de forma que se desgravará sobre la parte utilizada en la vivienda.
Efectivamente, la Agencia Tributaria, puede observar alguna posible irregularidad y preguntar, para lo cual habrán de tener las facturas que justifiquen su gasto y no pasará nada.
Hacienda sanciona si no se cumple la Ley. En otro caso no lo hace, es más, incluso puede que les ayude en algo si lo necesitan.
Saludos y suerte.
Es decir que si en el próximo ejercicio fiscal no se ha gastado uno la ampliazión de la hipoteca para la vivienda, lo correcto y legal es calcular la parte proporcional a la que corresponde del prstamo total y solo desgravar los intereses y el capital del anterior préstamo hipotecario. No incluir lo que no es para vivienda.
¿Es así? Y en ese caso, ¿Hacienda qué hace? ¿No cruza datos?
¿He de aceptar el Borrador que Hacienda me envíia en base a los datos que ella ha calculado?. Si lo da por bueno, ¿por qué no?.
Ruego consulta, y muchas gracias por la anterior.
Atentamente.
Exacto, Vd. desgravará calculando el prorrateo de lo gastado en la AMPLIACIÓN (Ojo solo Ampliación). Eso afecta tanto a intereses como a capital.
El hecho de que la AGENCIA TRIBUTARIA le pudiera hacer constar en el borrador las cifras totales del préstamo, NO LE EXIME de su corrección. Hacienda no sabe cuanto se ha gastado Vd. y el borrador a pesar de estar confeccionado por ellos, no deja de ser UNA DECLARACIÓN SUYA, con todas las responsabilidades a las que haya lugar en caso de que Hacienda detectara falsedad de datos declarados.
Es obvio que si Hacienda no se entera, no le pasará nada. Pero eso ya es especular con lo que puede pasar, lo otro es cumplir la LEY
A su discreción
Saludos.
Muchas gracias por su atenta aclaración, pero si no gasto nada de la ampliación en el año en curso, no tengo porque declarar el no haber gastado nada, ¿verdad?.
Esa es la cuestión, si me ampara la normativa legal para no estar obligado a declarar lo que no he invertido en vivienda individual.
Atentamente.
Gracias
Si no ha invertido en la vivienda en el año en curso, evidentemente y siempre a efectos legales, no deberá declarar nada.
Saludos.

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