Facturación máquinas tagaperras tipo B

Tengo un bar en el cual tengo instalada una máquina tragaperras y mensualmente la empresa de la máquina me hace una factura con la recaudación de la máquina.
¿Cómo se debe de contabilizar esta factura? Según lo que me pone en la factura lleva el iva incluido. ¿Debo de declarar esta factura en alguna parte o ya va incluido este beneficio en los módulos? Según tengo entendido El rendimiento considerado de las maquinas es el siguiente:
En irpf se considera de 2.947, 75 euros
En iva 466,10 euros.
¿Pero esas facturas mensuales las tengo que declarar en alguna parte? Con ¿qué tipo de iva?

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Entiendo que la empresa instaladora te da la recaudación obtenida y te entrega un justificante de ese pago, ese justificante no creo que sea una factura puesto que en todo caso deberías ser tú quien facturara a la empresa propietaria de la máquina, imagino que será lo que te he dicho antes: un justificante de que se te ha abonado el importe recaudado.
¿Qué debes hacer con ese documento?:
- Para Hacienda: Ese papel no tiene, en principio, validez alguna puesto que si tributas por módulos lo que te está cobrando es lo que te marca el módulo, tanto en IVA como en IRPF, que son los importes que señalas en el enunciado.
- Para tu contabilidad: Debes comparar lo efectivamente recaudado y que te justifican en estos documentos con lo que Hacienda dice que ganas con el módulo, para ello simplemente debes mirar a ver si ganas con la máquina tanto como los 2947,75 euros.
El IVA:
LA nota que te entregan es IVA incluido, esto se hace porque no es una factura ya que la factura la tienes que emitir tú, pero en el caso de que tuvieras que emitirla sería por un importe total (IVA incluido) correspondiente al de la nota, en este caso el tipo de IVA que tendrías que aplicar sería el 16%.
Por ejemplo: supongamos que la recaudación mensual son 1.300 euros, que es lo que se te consigna en la nota de la propietaria de la máquina.
Para facturar deberías calcular el IVA y la base con esta fórmula: 1.300 / 1.16 = 1.120,69
BASE: 1.120,69
IVA: 179,31
Muchas gracias! Una excelente información amigo! Si eres tan amable agrégame a mi messenger es [email protected] y te puedo asesorar gratuitamente para cualquier problema informático que tengas un abrao y de nuevo muchas gracias!
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Las tienes que incluir en las unidades de módulos a efectos de presentar el 310 (311 en el cuarto trimestre) y en el 131 y como novedad del año pasado, si superan durante el año los 3.005,06 euros, tendrás que declararlos en el modelo 347 que se presenta en Marzo del año que viene
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Si estas en Estimación Objetiva del IRPF y Régimen Simplificadode IVA (o sea módulos) el beneficio lo determinaras en el mismo módulo de tu actividad declarando que tienes máquinas del tipo B (y cuantas tienes) como creo que ya tienes constancia, no tienes que declarar ningún ingreso adicional debido a que Agencia Tributaria (Hacienda) estima que tu tienes los ingresos íntegros que marca la Orden en función del tiempo que tienes las máquinas (todo el ejercicio o las has adquirido a partir de una fecha determinada, o bien las has dado de baja antes de 31 del 12) y del importe de los módulos (referente a las máquinas del tipo B) que supongo que es lo que tu pones en la pregunta (466, 10 de IVA y los 2.947,75 por IRPF, lo siento no tengo la Orden a mano ahora). Todo ello junto con el resto del módulo de la actividad que debe ser otros cafés y bares o alguno de hostelería.
Espero haber ayudado y disculpa el retraso, estaba de vacaciones.
[email protected]
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Si vas por módulos, no declares nada más. Eso sí guardalas por si acaso.

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