Gastos de devolución

¿Cómo se contabilizan los gastos de devolución que te cobra el banco cuando un cheque/pagaré que ingresas de un cliente resulta impagado? ¿Se mete a gastos? ¿O se carga en la cuenta del cliente? Algunos clientes, para pagarme dichos gastos, me han pedido que les haga factura de los mismos. ¿Esto se puede hacer? ¿Llevaría IVA?

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-Los gastos de devolución se contabilizan en la cuenta (626) Servicios Bancarios.
---------------- Xxx ---------------
(626) a (572)
--------------- Xxx -----------------
-Es lógico que el cliente se deba hacer cargo de los gastos de devolución, se debe emitir una nueva factura indicando los gastos que ha tenido que soportar por esta devolución. Con el siguiente asiento, quedaría reflejada esta operación:
--------------- Xxx ----------------
(430) a (759) Ingresos por servicios diversos
(472)
----------------Xxx -----------------
Esperamos haberle ayudado.
De tu respuesta deduzco que contabilizar los gastos de devolución en la 626 o cargarlo en la cuenta del cliente es algo opcional de la empresa, ¿verdad? Es decir, que no existe nada legal al respecto que diga si se tiene que hacer una cosa u otra, ¿no? Y también deduzco que la factura de los gastos que se le haga al cliente debe llevar IVA entonces, ¿es así?
Por favor, me puedes aclarar estas dudas.
Gracias y saludos.
No es opcional, es la manera de contabilizar debidamente este hecho contable. (Si te refieres a si es opcional de traspasar el gasto al cliente o bien asumirlo tu empresa, si este hecho es opcional --> Depende de lo importante que sea para tu empresa este cliente)
Efectivamente, la factura que hagas por los gastos ocasionados, debe llevar el correspondiente IVA.
Ok. Sí, me refería a si era opcional para la empresa llevar ese gasto a una cuenta del grupo 6 o a la cuenta del cliente. Ya sé que era una de las dos cosas. Pero mi duda era si se podía hacer cualquiera de las dos, a la libre elección de la empresa. Así que aclarado ese punto y aclarado también lo del IVA.
Muy bien.
Muchas gracias

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