¿Debo incluir la amortización de un préstamo de apertura y sus intereses en la contabilidad?

He iniciado una actividad de peluquería y al realizar el contros de gastos e ingresos para declarar mediante estimación directa los recojo del siguiente modo: Los ingresos los relaciono con el 7% de IVA por ser actividad de peluquería. En los gastos incluyo las compras, energía, teléfono, sueldo de un empleado, Seguridad Social y Autónomos, alquiler. No he incluido la amortización de un préstamo para la apertura de la actividad y sus correspondientes intereses por desconocer si es posible dicha inclusión ni tampoco los gastos de difícil justificación.
Me gustaría que me diera su opinión al respecto.

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Por supuesto que tienes que inlcuirlo en contabilidad.. pero no se muy bien cuál es tu pregunta.. ¿cómo hacer el asiento? Si es así, harías:
1º 572 a 170 cuando te han abonado el dinero
2º pasar la parte proporcional del año de la cuenta de largo plazo (170) a una cuenta de corto plazo: 52. El asiento sería:
170 a 520 (por la parte que vas a amortizar desde el momento de la concesión hasta el 31 de diciembre el 1er año, y la parte de 1 año para los próximos años)
3º asiento de cada una de las mensualidades:
626 (gastos bancarios)
662 (intereses)
520 (amortización) a 572
No olvides que a 31 de diciembre de cada año tienes que pasar la parte de largo a corto.
Y en cuanto a esos gastos de difícil justificación que te refieres.. depende de qué tipo de gasto sea.. esto no lo entiendo muy bien..
Mi pregunta concreta sería: Al calcular el rendimiento en cada trimestre hay que restar a los ingresos los gastos correspondientes; la cantidad abonada mensualmente (capital más intereses) para amortizar un préstamo empleado en la inversión inicial de la actividad ¿también se considera como un gasto que hay que restar a los ingresos? Un saludo.
No entiendo muy bien lo que quieres decir.. ¿al calcular el rendimiento? no entiendo..
¿Qué cálculo trimestral tienes que hacer?
Pero es así como se contabiliza
A la hora de rellenar el impreso 130 que hay que presentar en Julio hay que restar los ingresos computables menos los gastos fiscales deducibles; en esos gastos es donde desconozco si puedo incluir la amortización del préstamo. Un saludo.
Ahora te he entendido.. al ser estimación directa la cosa cambia.. supongo que tu no llevaras contabilidad.. lo siento pero en esto no puedo ayudarte..
No recuerdo cómo va el sistema de estimación directa, porque hace mucho tiempo que dejé de trabajar en la asesoría.
Sorry

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