Edificación cerrada: ocupación P. Baja=P. Alta: 100%. Puedo ocupar menos.
La consulta consiste en que La Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural reclama al ayuntamiento que en la licencia de obra concedida para la legalización y terminación de una edificación, en la que el planeamiento recoge, como edificación cerrada, Planta Baja: 100% y Planta Alta: 100%. ¿Puedo ocupar menos del 100% en ambas o en alguna de las plantas?
Muchas Gracias.
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Respuesta de arquiarqui
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