¿Permiso de obras para nave prefabricada de lona pvc?

Mi duda es si hace falta pedir permiso de obras para instalar una nave prefabricada de estructura de tubo de acero galvanizado y lona de pvc, seria grande, 200 o 300m cuadrados, el terreno es rustico. Tambien quisiera saber si hago un porche de 5 x 5m de estructura de madera y tejado de uralita o chapa sin cimientos se podria declarar como construccion o no, me han dicho que si no tiene cimiento no esta declarado como construccion, pero por otro lado me dicen que si tiene tejado que si es construccion y podria tener problemas ¿alguien me puede ayudar sobre este tema? ¿Qué se considera construccion y que no?

1 Respuesta

Respuesta
1
Si la construcción es fija (con cimentación o no) se considera "Edificio" según la terminología del CTE. En todo caso necesitará licencia para su instalación (aunque fuese temporal y de pequeña entidad) bien como edificio, como instalación temporal o como obra menor.
Si el terreno es rústico, en función de los posibles niveles de protección según sea su calificación podrá realizar la construcción o no y puede necesitar de permisos adicionales al de su ayuntamiento (consejerías de medio ambiente, por ejemplo).
Lo mejor es que se informe sobre el caso concreto hablando con el arquitecto municipal de su ayuntamiento.
el caso es que ese es el problema,ya me pusieron bastantes pegas para concederme el permiso para vallar la finca y creo que me van a poner todas las pegas que puedan para cualquier cosa que quiera hacer,me temo que hay alguna mano negra,de ahi el buscar opciones de este tipo¿que me aconseja?de todas formas voy a ir a hablar con el arquitecto,pero no se yo¿que opciones tengo?gracias
Siendo terreno rústico puede haber muchas limitaciones, especialmente en caso de que le afecte algún nivel de especial protección (cauces, ZEPA, LIC, arqueológico, forestal, etc.) de modo que solo pueda realizar construcciones directamente vinculadas a una explotación del terreno debidamente autorizada. No se trata (habitualmente) de "manos negras" sinó de la normativa vigente; en el caso del vallado de fincas es corriente que se limiten tanto materiales como alturas de los cierres.
Si la obra es autorizable deberá presentar un proyecto que lo justifique, y una vez obtenida la licencia podría construirlo.
Si no es autorizable no podrá hacerla, en cuyo caso quien mejor podrá aconsejarle sobre posibles alternativas será el técnico municipal.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas