Seguro responsabilidad civil aparejador

Hola, mi pregunta es la siguiente, se han realizado obras en una comunidad de vecinos, y a la hora de pagar a los técnicos (arquitecto, aparejador ) hemos visto que en el contrato del aparejador ponía que su seguro de responsabilidad civil, por si hay problemas constructivos en los próximos 10 años, corre a cargo de la comunidad, unos 1600 euros. No parece lógico, y aunque esté firmado por la presidenta, ¿hay qué pagárselo? Gracias, un saludo
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La verdad es que me quedo algo atónito, es la 1ª vez que tengo constancia de algo similar.
Te explico:
El seguro de responsabilidad civil es algo inherente al técnico, es decir es la póliza que cubre su responsabilidad civil, por si tuviera alguna reclamación. Con este seguro se evitaría responder con su patrimonio personal.
Existen comunidades autónomas donde es obligatorio para ejercer como técnico el tener suscrito un seguro de responsabilidad civil, ya que a veces con el patrimonio personal no se llegaba a cubrir el desaguisado que podíamos montar los técnicos.
Por lo general un técnico suscribe este tipo de seguro y cuando cobra un trabajo tiene incluida la parte proporcional de ese coste.
En resumen, veo abusivo que os lo pretenda cobrar y por lo tanto no lo pagaría, si existiese alguna reclamación futura (dependiendo de las garantías del CTE, ya que todas no son de 10 años, este caso es para temas estructurales), pues si no tiene seguro se actuaría contra su patrimonio (vivienda, cuentas, etc), a ver entonces quien saldría perdiendo, no sé si me explico.

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