Estructuras legales en patios

Tengo un chalet adosado en Madrid, cerca de Príncipe Pío. Tengo un patio atrás de la casa de unos 15 metros que no utilizo y me gustaría poner una estructura cerrada para poder utilizarlo como oficina.
¿Qué permite la ley sin pedir una licencia de obras? He oído de "estructuras desmontables" para no sé exactamente a qué se refiere.

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Solo te van a dejar cubriciones tipo toldos o pérgolas con techos de lona o similares. Eso sin pedir licencia.
Si por el contrario quieres cerrar por completo (para no helarte en invierno), te van a exigir el proyecto de un arquitecto, o igual antes se para todo porque ese arquitecto al que se lo encargas te dice que no se puede por la normativa específica de la zona, o porque no cumplirías edificabilidad, o por cualquier otra cosa.
Consejo: Si no se ve mucho desde la calle, y te llevas bien con los vecinos (a veces algunos denuncian aunque solo sea por fastidiar. Hay de todo), yo la cerraría con una estructura ligera y carpintería con rotura de puente térmico y a correr. Muchísima gente lo ha hecho así, aunque ha algunos han pillado, pero lo único es que te hacen contratar un arquitecto para que te haga un proyecto de legalización (siempre que se pueda legalizar, claro)

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