Valla jardín

Vivo en un adosado y, por razones de intimidad, hemos subido la valla ya existente que separa nuestro jardín del jadín del vecino hasta 2 metros de altura (el doble de la que había), soldando una misma malla igual a la común.
La idea es que las trepadoras, que ahora no pueden pegarse, me vayan trepando a dicha valla.
Uno de los dos vecinos, después de haber dado su consentimiento verbal, dice ahora que no le gusta porque le hemos quitado vista y aire.
Tratándose de una parte trasparente, una malla de hierro, ¿podría obligarme quitarla?
Sería un problema no solamente económico, sino también de intimidad, puesto que vamos a colocar un pequeño quiosco en el centro del jardín y este vecino nos estaría viendo todo el tiempo.

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Las vallas de separación entre vecinos pueden tener unas características fijadas. En todo caso la normativa es municipal y la consulta tienes que hacerla en los servicios técnicos de urbanismo de tu ayuntamiento.
Allí te dirán para tu zona qué características deben cumplir las vallas de separación. Tanto en parte ciega como transparente y/o vegetal. En el caso de que tu valla cumpla con la normativa no debes preocuparte por tu vecino, ya que la normativa está por encima (en este caso) de su opinión.
Hola:
Vivo en un adosado y, por razones de intimidad, hemos subido la valla ya existente que separa nuestro jardín del jadín del vecino hasta 2 metros de altura (el doble de la que había), soldando una misma malla igual a la común.
La idea es que las trepadoras, que ahora no pueden pegarse, me vayan trepando a dicha valla.
Uno de los dos vecinos, después de haber dado su consentimiento verbal, dice ahora que no le gusta porque le hemos quitado vista y aire.
Tratándose de una parte trasparente, una malla de hierro, ¿podría obligarme quitarla?
Sería un problema no solamente económico, sino también de intimidad, puesto que vamos a colocar un pequeño quiosco en el centro del jardín y este vecino nos estaría viendo todo el tiempo.
Hola Ibadi:
Muchas gracias por tu contestación.
Esta mañana he ido a servicio técnicos del Ayuntamiento y me dicen que todo depende de lo que decida mi comunidad. Yo eventualmente, debería pagar el 4% de la obra al Ayuntamiento.
Claro, visto y lo visto, si se hace una reunión y los lunáticos me votan en contra ¿tengo qué desmantelar todo?
Es extraño que dependa de la decisión de la comunidad pero si es lo que te han indicado en el Ayuntamiento será así.
Y efectivamente, si votan en contra tendrías que desmantelarlo todo. Aunque es de entender 1º que dicta lo que diga la mayoría (no un vecino en particular) y 2º que lo que se vote creará precedente puesto que si a ti no te dejan levantar la valla, en el futuro nadie podrá hacerlo. Es lógico que cuentes con los votos de todos aquellos que piensen que quizás en un futuro quieran hacer algo parecido.
Hola Ibadí:
Con respecto a nuestras mallas colocadas sobre las medianeras, la situación se ha complicado bastante porque los dos vecinos de la izquierda y de la derecha, por una cuestión de principio exigen el desmantelamiento inmediato de las mismas. El presidente dice que al ser la medianera 50% de cada uno hay que quitarlas para evitar males peores.
Así para evitar una denuncia al Ayuntamiento, hemos decidido proceder a su levantamiento, pero no queremos de ninguna forma renunciar a nuestra intimidad ya que volveríamos, después del desmantelamiento, a tener una separación solamente de un metro de altura entre un chalet y otro, lo que hace imposible estar tranquilamente en el jardín sin miradas indiscretas. Sería imposible estar comiendo en el quiosco central con esta gente mirándonos desde el porche.
Entoncens la idea sería colocar las mallas de dos metros dentro de nuestro jardín, salvando así la medianera.
La pregunta es: ¿Pueden seguir exigiendo que las quitemos aunque estén en nuestro jardín? A ver si después de tantos gastos, siguen ganando porque le quitamos (según ellos) luz... Somos nueve chalet, ¿necesitamos pasar todo esto por el veredicto de la comunidad o no es necesario puesto que se trata de malla transparente de dos metros en nuestra propiedad para soportar plantas y tener intimidad?
Gracias
Te vuelvo a decir lo mismo. Primero manda el ayuntamiento. Como a vosotros os dijo que tiene potestad la comunidad, me temo que estáis a merced de lo que diga ésta.
El hecho de tener la valla dentro de la propiedad no es suficiente para concederos automáticamente permiso. Hay que pasar por junta.
Sin embargo hay una parte que no entiendo. Yo he deducido que las 9 viviendas se encuentran en régimen de división horizontal (aunque sea más vertical), porque es lo que se deduce de anteriores comentarios vuestros al respecto. Siendo así, NO existen lo que se conoce como paredes medianeras. Se trata de un caso un poco complicado. Si en escrituras no hay separación física, las vallas son elementos comunes y pertenecen a la comunidad. Si en escrituras hay separación física, las vallas son medianeros pero sólo afectan a ambos vecinos, por lo que no entiendo que se tenga que pedir permiso para construir una valla en propiedad privada siempre que se tenga el visto bueno del ayuntamiento.
Siento no poder ser más claro, pero cuando un caso se hace tan particular es difícil desde una plataforma como ésta (que es bastante generalista) buscar una solución. Hay ocasiones en las que ni siquiera puedo encontrar solución en mi ejercicio profesional porque algunos casos están tan enrevesados que se escapan de cualquier tipo de normativa.
Si pudiera conocer más datos a lo mejor podría ayudarte mejor.
Muchísimas gracias Ibadí. Veo que es un caso difícil y sobre todo los vecinos nos son personas razonables.
De todas formas, para ser más clara, mirando en las escrituras, no figura nada sobre la malla medianera, pone solo que la vivienda dispone de zona ajardinable posterior de 70 metros cuadrados aproximadamente y una cuota de copropriedad del 11,11 por ciento.
Cada jardín de los nueve chalets adosados da a la parte común que es otro jardín con piscina común. Cada jardín está vallado por esta malla de hierro de 1 metro. Cada propietario ha decorado libremente su jardín con arboles y elementos distintos, o bien arizónicas o aligustres, pero la intimidad es casi nula.
Uno de los nueve vecinos que está en una posición casi aislada ya hace años subió la altura de dicha malla que ahora está llena de trepadoras y no se aprecia. Nadie le ha dicho nunca nada porque en realidad no molesta a nadie y nosotros pensábamos poder hacer lo mismo pero tenemos los dos vecinos laterales ladrando.
Una pregunta: en caso de pasar todo esto por una reunión de comunidad, entiendo que valdría la mayoría para lograr un acuerdo, no la unanimidad, ¿no?
Según el Presidente (uno de los vecinos) no es necesaria una reunión por esta tontería; el ha resuelto que quitemos la malla de la medianera (si se llama así), vamos lo hace muy fácil, y luego a cada uno su responsabilidad sobre lo que hace. Y aquí nace nuestro problema.
¿Tenemos derecho a nuestra intimidad o debemos respetar el deseo del vecino que quiere mirar en nuestro jardín?
Para empezar olvídate de la intimidad y del deseo del vecino. Eso no son derechos. No lo digo de mala fe, sólo para encauzar lo mejor posible el tema.
Si tienes una copopriedad está claro que la valla intermedia no puede tener carácter de medianería, así que tampoco se podría exigir en estos términos. De todas maneras he cometido medio error al comentarte lo de la escritura porque en este caso tan importante es lo que ponga en tu escritura de propiedad como lo que marquen los estatutos de la comunidad sobre quien tiene los derechos sobre esas partes "compartidas"
A partir de ahí no importa lo que diga una persona. Tú tienes derecho a convocar una reunión extraordinaria para tratar el tema. Y no debes quitar nada sólo porque lo diga una persona, incluso aunque esa persona sea el presidente. Todo ello siempre que no haya un artículo en los estatutos que haga referencia a las valla de división.
Después, como ya te había comentado en alguna respuesta anterior, ten en cuenta que lo que se decida en esa reunión extraordinaria afectará a todos los vecinos, de ahora para siempre y hacia atrás. Se tiene que plantear el tema como si se puede levantar la valla o no. Incluso se podría plantear como que sea un artículo nuevo a añadir en los estatutos de la comunidad: qué características tiene que tener la valla de división.
En el caso de que no se enfoque como un cambio de estatutos sino como una decisión de acta, sólo es necesaria la mayoría.
Si se enfoca como un cambio de estatutos hace falta las 3/5 partes de los votos.
En cualquier caso hay que tener en cuenta que la decisión también afecta a aquella casa que ya ha subido las vallas. Que moleste menos o más no es óbice ya que al fin y al cabo las molestias son muy subjetivas y dependerán mucho de a quién tenga de vecinos.
Yo sin duda no haría nada sin una decisión en junta. Y si no quieren convocar la junta a tu requerimiento entonces no quites la valla, ya se convocará por requerimiento del otro vecino. Si el ayuntamiento te ha dicho que "manda" lo que se decida en comunidad (yo lo volvería a preguntar por si acaso), entonces no sé cómo pueden obligarte a retirar la valla.
Por cierto, también es importante que se señale en junta TODAS las características de las vallas permitidas. Tanto de altura máxima, como material, como si puede estar en las vallas compartidas o debe situarse en la propiedad de cada uno.

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