Altura en la separación de adosados. Ruidos.

Nos han entregado hace 2 meses una vivienda adosada. La separación entre los jardines de los diferentes propietarios es mediante una vaya metálica a una altura de 1,5 metros.
La pregunta es la siguiente ¿puedo yo poner un cañizo a una altura de 2 metros? Mi vecina me ha dicho que no le gusta, ¿le quita vistas y que no se puede superar la altura que ha dejado el constructor? ¿Es eso cierto?
Otra cuestión es la siguiente. Como nos han entregado la vivienda hace poco tenemos pequeñas obras dentro de la casa, por lo que es necesario utilizar herramientas que hacen ruido (taladros,..) ¿Es lógico que te digan que no puedes hacer ruido a las 3'45 horas de la tarde de un domingo? Me dice la vecina que hay que respetar la hora de la siesta. ¿Existe ese horario? Tenía entendido que el horario de no ruido era de 8 de la mañana a 10 de la noche.

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La valla es la medianera de separación entre dos propiedades y corresponde el 50% a cada uno de los vecinos que lindan con ella, por tanto, debe ser realizada de común acuerdo entre las partes, de hecho, no hay una altura mínima regulada por ley en los vallados de separación. De todos modos, sería distinto que vd., pusiera una valla de ladrillo, pero poner un cañizo, o brezo, o arizónicas o cualquier elemento que quede por la parte de la parcela que corresponde a su propiedad, pese a quitar vistas a la vecina no puede sino aceptarlo porque tanto derecho tiene ella a las vistas como vd., a la intimidad.
Estimado Sr., no existen tales elementos, la verdad es que es molesto que se realice bricolaje los fines de semana pero no existe una hora de la siesta. De todos modos, por la buena relación si es aconsejable respetar los periodos de descanso de las personas.
Un saludo
Jaime Feiner
[email protected]

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