Derecho sobre muro divisorio.

Un muro de metro y medio aproximadamente que separa dos jardines traseros de dos pisos bajos pertenecientes a dos comunidades distintas. En toda la PARTE INTERIOR de todo el perímetro de mi jardín se puso tras su construcción hace 15 años una rejilla con brezo fino, de otro metro aproximadamente. En el otro lado, el vecino no puso nada (obviamente, el vecino se beneficia de mi rejilla y brezo). Resulta que el vecino ha puesto una enredadera que trepa por su lado del muro, pero también trepa por mi rejilla y mi brezo. Puedo prever que en poco tiempo la enredadera tapará toda la rejilla y el brezo (primero de su lado y luego también del mío). ¿Puedo exigir que su enredadera no pase de medio muro y evitar así que no trepe por mi rejilla o brezo, ni entre en mi propiedad?.

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Según el Capítulo II, Sección VII, Artículo 592 del Código Civil:

"Si las ramas de algunos árboles se extendieren sobre una heredad, jardines o patios
Vecinos, tendrá el dueño de éstos derecho a reclamar que se corten en cuanto se
Extiendan sobre su propiedad, y, si fueren las raíces de los árboles vecinos las que se
Extendiesen en suelo de otro, el dueño del suelo en que se introduzcan podrá cortarlas
Por sí mismo dentro de su heredad."

El Código Civil de Catalunya, en cambio, en el Llibre V, Títol IV, Capítol VI, Secció Primera, Article 546-6 dice:
"Branques i arrels provinents de finques veïnes

Els propietaris d'una finca poden tallar les branques o les arrels d'un arbre o d'un arbust plantat en una finca veïna que s'hagin introduït en la se va finca i retenir-ne la propietat, pero ho han de fer de la manera generalment acceptada en l'exercici de la jardinería, la pagesia o l'explotació forestal."

Es decir, que te autoriza a cortarlas, pero no a exigir que el propietario lo haga.
En definitiva, tienes de derecho a evitar que las plantas del vecino te invadan. Lo que no creo que puedas es limitar la altura de las plantas dentro de su terreno, como me parece entender que plantas.

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Muchas gracias por tu pronta respuesta.

En mi caso, no es de aplicación el código civil de Cataluña.

Tampoco me preocupa la altura, pues una enredadera poco más puede pasar de la rejilla (no es un árbol) sino el tener que soportar primero una enredadera que no me gusta (pues yo también la tuve anteriormente y ensucia mucho, da mucho trabajo, etc.), además de cargar un peso considerable sobre la rejilla y el brezo.

y Visto como tiene descuidadas y cargadas otras enredaderas, me imagino lo peor.

Visto de otro lado, también por que mis principios son los de evitar molestar a nadie, pero tampoco me gusta que me molesten, y el vecino en cuestión no parece tener los mismos principios (pues algunas actividades que a veces lleva a cabo, si no son ilegales, sí son molestas, y yo nunca las haría).

Y en última instancia, otro motivo es que a esta clase de gente, o les paras los pies a la primera, o preparate a la siguiente ocurrencia que tenga (aunque también es cierto que a veces, por querer pararles los pies a la primera, se consigue el inicio de una guerra estilo Corea -aunque sea el quien la haya comenzado-.

Entonces... ¿debe sobreentenderse que ostento el derecho desde la mitad del muro hacia mi lado, y por tanto puedo exigir que su enredadera no trepe por mi rejilla?...

Gracias de antemano.

Cris.

En el caso del artículo que te puse del CC (a diferencia del CC Catalán, que incluye los arbustos) habla de ramas de árboles, por lo que quizá no corresponda a tu caso.

Sin embargo, veo que el artículo 591 dice:

"No se podrá plantar árboles cerca de una heredad ajena sino a la distancia autorizada
Por las ordenanzas o la costumbre del lugar, y en su defecto, a la de dos metros de la
Línea divisoria de las heredades si la plantación se hace de árboles altos, y a la de 50
Centímetros si la plantación es de arbustos o árboles bajos."

Tal como describes esa planta, ¿podría llegar a considerarse un arbusto? Si fuera así, debería estar alejada del muro de separación.

Yo, la verdad, si quieres mantener la buena vecindad, hablaría con él y le diría que te molesta la planta y que tienes intención de cortar lo que asume a tu casa (si con eso tienes suficiente). Si te preocupa el peso, coméntale que intente mantenerla cuidada y reducida. Si quieres, le muestras lo que dice el Código Civil, a ver si con eso se muestra más receptivo y decide complacerte.

La verdad es que, siempre que sea posible, es deseable llevarse lo mejor posible con los vecinos (aunque, desde luego, es difícil o incluso "misión imposible" en muchos casos)

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