Vaya comunidad

Ola en mi comunidad somos 20 propietarios, tenemos que hacer unas reformas obligadas por la ITE y para hacerlas una derrama.Para esta derrama debemos hacer junta convocada en tiempo forma y hora legal pero cuento con que el numero máximo de asistentes sera de 8 y de estos solo 4 al corriente de pagos ¿seria legal aprobar la derrama con 8 asistentes?¿que numero de votos habría que obtener(solo 4 al corriente de los pagos)?

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Si esperáis a segunda convocatoria solo requiere la mayoría de los presentes que a su vez supongan la mayoría de las cuotas de participación presentes, es decir con tres valdría siempre que supongan mas del 50% de las cuotas de participación de los 4, esto seria de obligado cumplimiento para los 4.
Mucha suerte y un saludo
Por favor cierre y valore la respuesta.
Adjunto enlace por si quiere consultar éste u otros artículos de la Ley de la Propiedad Horizontal.
http://www.optimizo.es/LEYPROPIEDADHORIZONTAL.html

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