¿Abrir nueva puerta en descansillo/rellano. Estrategia Comunidad?

Quiero abrir una nueva puerta de acceso a mi vivienda desde el descansillo. Es un bloque de 4 plantas. Las dos primeras tienen 3 puertas y 3 viviendas. Las dos superiores tienen una sola vivienda y 2 puertas, y mi vivienda es una de estas. Si pido permiso a la comunidad: ¿Vale con mayoría simple para permitirme hacerlo? Si no pido permiso a la comunidad y lo hago y se enfadan y me denuncian, qué es lo peor que podría pasar (quitarla-costas-multa) y cuánto tardaría el proceso.

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El acuerdo requiere unanimidad en virtud del art. 17.1 LPH
En caso de hacerlo siempre y cuando pida los permisos al ayuntamiento de su localidad y se los den sin permiso de la comunidad, depende de cada ayuntamiento, si no lo hace le denunciaran por ahí tendrá un buen problema.
Si lo consigue los permisos, probablemente requiera proyecto de arquitecto y tasas y demás y sus vecinos le denuncian tendrá que devolverlo a su configuración inicial y casi seguro las costas del juicio, si sus vecinos piden daños y perjuicios también podrían dárselos si la instalación los ocasiona en estructura, por ejemplo que sea muro de carga la pared...
Es un riesgo que debe calcular pero le puede salir muy caro.
En cuanto al tiempo depende del juzgado que le toque y como este de saturado, en España suele ser largo pero no se le puede dar aproximación pues depende de la localidad y dentro de la misma localidad del propio juzgado, pudiendo llegar a haber diferencias de uno o dos años entre ellos
Mucha suerte y un saludo

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