El procedimiento no reviste complejidad.
El Presidente de la Comunidad de Propietarios debe convocar Junta Ordinario o Extraordinaria de Propietarios y en el orden del día debe figurar la propuesta de cese y/o cambio de Administrador.
Es aconsejable que en la misma Junta también se haga el balance de las actividad económica de la Junta que deberá ser presentado por el Administrador, y servirá de base para que el nuevo administrador pueda supervisar los datos económicos aportados.
En la Junta se toma una decisión por mayoría simple. Si es aprobada, se debe fijar un plazo para que el Administrador cesante transfiera toda la documentación que obra en su poder a favor del Presidente (si este asume la Administración), o a favor de otro Administrador que se nombre en la Junta.
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