Ascensores

Buenas tardes, en el edificioen el que habito, decidimos pedir presupuestos para colocar ascensor(actualmente carece de él). Tengo 2 preguntas que hacerle.1ªlos bajos comerciales están obligados a contribuir económicamente a su colocación.2ª.se necesitan 3/5 partes del los vecinos para aprobar su construcción, en el edificio hay personas mayores de 70 años, esta causa invalida el requisito de los 3/5.muchas gracias
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1) En la escritura de obra nueva o división horizontal es donde viene si se obliga a los locales a contribuir en el ascensor o están eximidos, debe solicitarla en el registro de la propiedad o a su promotor. Esto prevalece a menos que haya habido algún acuerdo en acta que tomado por unanimidad haya cambiado lo allí establecido pero solo afectaría a aquellos que lo acordaron excepto que este inscrito dicho acuerdo o estatutos en el registro de la propiedad.
2) Al haber mayores de 70 años requiere mayoría simple de cuotas y votos en virtud del art. 17.1 3 párrafo LPH contando como votos favorables el de todos los ausentes que no expresen su disconformidad en 30 días desde la recepción del acta.
Como bien dice al haber mayores no proceden los 3/5.

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