¿Cuál es el limite de gastos?

En una comunidad se esta dando frecuentemente que se acuerdan unos presupuestos, por ejemplo para pintura, y posteriormente se pasan derramas por un importe doble y hasta triple del aprobado en junta.
¿Existe un limite de gasto para que pueda decidirlo el presidente, sin mediar junta previa? Y no se trate de una reparación de emergencia, por ejemplo la pintura

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El presidente solo puede gastar lo previsto en la junta ordinaria para el año siguiente y lo que se vaya votando en las juntas extraordinarias que se realicen.
La única excepción es en caso de reparación urgente y como bien dices de emergencia y necesaria que luego se lo puede comunicar a la junta.
Si no estáis de acuerdo lo mejor es realizar junta en la que se vote el cambio de presidente hace falta un 25% de los propietarios o de las cuotas y que en la votación haya mayoría.
Lo mejor es con el cambio de presidente analizar todas las cuentas despacio y pedir responsabilidades.
Otra opción es pedirle las cuentas esta obligado a dárselas a cualquier vecino y pedir algún presupuesto de lo que se ha hecho para ver si hay desfase con el mercado en ese caso el nuevo presidente le puede denunciar y exigirle responsabilidades pero lo pagaría la comunidad, si no hay cambio de presidente se puede hacer igual pero los costes corren por cuenta del vecino que lo haga.
Si necesitas cualquier duda o consulta adicional estamos a tu entera disposición.
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914254481/626764724Muchas gracias y un saludo

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