Administradora que hace cargos sin presentar facturas

La administradora de mi finca nos ha pasado un recibo muy elevado que incluye los gastos de una obra de mejora. Esta obra de mejora la aprobaron tan solo 8 vecinos, que son los únicos que asistieron a la reunión, pero este no es el problema. A pesar de pedirle reiteradas veces una copia del presupuesto y factura detallada, no me las envía y me dice que no tiene la factura porque se la han hecho errónea y está esperando a que le manden la correcta. La obra se realizó hace 3 meses y en el recibo del trimestre pasado ya nos cobró a los vecinos, ¿pero... Cómo nos ha realizado el cargo a cada vecino si no hay factura? ¿O es que nunca hubo factura? ¿Qué puedo hacer legalmente? He devuelto el recibo porque no voy a pagar nada hasta que esté justificado con una factura desglosada, ya que el presupuesto tan solo cita la cifra (4. ¿250? Mas 18% IVA). No pone nada más, ni detalle de tiempo en horas o jornadas, ni materiales, NADA! Se les ha cargado en cuenta a los vecinos una cantidad sin presentar sobre papel ningún presupuesto ni factura ni tampoco un detalle del fraccionamiento de pago entre vecinos de vivienda, plaza de garaje y trastero. Esto no puede ser normal, ¿qué puedo hacer? ¿Puedo presentar una moción de censura? ¿Qué mayoría hace falta para que se apruebe dicha moción? ¿Puedo presentar una denuncia en el colegio de administradores?

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Las acciones se pueden realizar a nivel comunitario o a nivel particular supongo que la disconformidad no debe ser solo suya, con lo que si lo hace con el resto de los vecinos es la comunidad quien irá a por el administrador.
En virtud del artículo 20 LPH es obligación del administrador custodiar la documentación y ponerla a disposición de los vecinos en todo momento solicitenle al administrador por escrito, lo ideal seria burofax si no al menos carta justificada con acuse de recibo, la justificación de ese gasto.
El administrador es un trabajador de la comunidad y como tal no puede disponer del dinero a su antojo si no le han autorizado el gasto pueden denunciarle por apropiación indebida de fondos comunitarios excepto que sea por una obra de urgente y necesaria reparación.
Que no cumpla el administrador sus funciones no le exime a usted de hacerlo de hecho hasta que no pague no tiene derecho de voto y difícilmente podrá promover el cambio de administrador, pague lo que debe y en la reunión exponga claramente los motivos para el cambio y sometalo a votación ya verá como lo consigue. Si no siempre puede depositar notarial o judicialmente las cuotas.
El procedimiento es el siguiente:
Pedir por escrito al presidente que incluya el tema de la destitución del administrador en el orden del día, si él también esta a favor comentárselo. En caso que el presidente no quiera convocar la junta podéis convocarla un grupo de vecinos con el 25% de los propietarios o el 25% de los coeficientes de participación, el acuerdo tomado en esa reunión será totalmente válido desde la firma del acta en virtud del artículo 16.1 LPH.
Viendo la actuación que comenta de este señor pueden no convocarle a la reunión para evitar problemas con él en la misma, nombrando al principio un secretario provisional para la redacción y firma de ese acta.
Lo que debe hacer la presidenta es convocar junta en la que figure en el orden del día el cese del administrador, sométanlo a votación y si sale la mayoría como es previsible mandenle un burofax o carta con acuse de recibo notificándole el cese en sus servicios.
Si quiere indemnización deberá demandar él y por lo que cuentan pueden demostrar que es por incumplimiento de sus funciones.
Tiene jurisprudencia a su favor como la que nos dejo un compañero en un post anterior por la que no deben pagarle indemnización ni seguir con el durante 10 años:
-Cese del administrador de la comunidad sin derecho a indemnización por incumplimientos graves Sentencia AP Madrid 27/01/2010
-Cese del administrador por causa justa sin derecho a indemnización Sentencia AP La Coruña 21-11-2006
-Cese del administrador justificado por el incumplimiento de sus obligaciones Sentencia AP Murcia 7-11-2005
En cuanto a la devolución de la documentación de la comunidad: una vez tomado el acuerdo mandarle un burofax rescindiendo sus servicios y dándole un plazo de 15 días para devolver la documentación advirtiéndole que en caso contrario será demandado por apropiación indebida de documentación.
Además si es colegiado y no la devuelve pueden ponerle una reclamación en el colegio de administradores de fincas.
Cuando les den la documentación les harán firmar un documento en el que venga el detalle de la documentación verifiquen que es correcto y no falta nada y cuando firmen pongan pendiente de verificación por si falta algún documento poder solicitarlo posteriormente y no se pueda amparar en haber entregado toda la documentación.
Una vez analizada la documentación si hay irregularidades pueden denunciarle y pedir responsabilidades será fácil que ganen, es una pena que haya profesionales como éste.
Lo más conveniente es que contraten otro administrador de fincas para realizar todas estas gestiones y no tener ningún tipo de problema.
La mayoría necesaria para el cambio de administrador es mayoría simple.
Nosotros estamos acostumbrados a realizar estas gestiones, si tienen cualquier tipo de consulta adicional o necesitan que les ayudemos en gestionar la convocatoria o cualquier otro tipo de asesoramiento estamos a su entera disposición.
Mucha suerte y un saludo
914254481/626764724
Muchísimas gracias por su rápida y muy útil respuesta. Voy a seguir su consejo y daré los pasos adecuados para terminar con esta situación de manera justa y correcta, sin cometer por el camino irregularidades ni tampoco faltar a nuestras obligaciones legales. Muy amable. De nuevo, muchas gracias por todo

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