Iluminación natural del interior del edificio.

Con motivo de la rehabilitación del edificio donde vivo, resulta que para la instalación de un ascensor el único sitio posible para edificar pasa por una de las dos ventanas interiores de cada planta del edificio. Ya han construido el castillete por donde irá dicho ascensor, pero la iluminación natural se ha visto reducida en el 50% o más.
Mi pregunta es la siguiente. ¿Puedo exigir que se abra otro punto de luz natural? O de otra manera ¿Tenemos los propietarios la obligación de buscar la manera de dejar al menos la luz que entraba antes de la obra? ¿Hay alguna normativa al respecto?

1 Respuesta

Respuesta
1
¿Da esa ventana a un espacio habitable o a un aseo?
¿Caso de que dé a una habitación o cocina cabe la posibilidad de abrir otro hueco a la derecha o izquierda que libre el ascensor?
Jose
Hola de nuevo Jose, creo que no me expliqué bien. Las ventanas en cuestión están en la zona común del edificio y no en las viviendas. Son dos ventanas en la zona común de cada planta siendo una de ellas tapadas por el hueco del ascensor, ya que es la única zona viable para dicha construcción. Estas ventanas dan a la calle, pero al haber ahora una tapada en cada planta, la luz natural que entra ha disminuido mucho. Tal es la disminución de luz que a pleno día en una zona del edificio apenas se ve. El edificio es en forma de H y en cada planta hay cuatro viviendas. Dos en en un lado de la H y otras dos en el otro lado. Pues bien una ventana da luz a un lado de la H iluminando de forma natural durante el día a dos puertas. Y la que se a tapado con la construcción del hueco del ascensor, daba luz a las otras dos puertas, cosa que ahora estas mismas puertas se quedaron sin luz natural durante el día.
En estos casos se entiende que es un mal menor, y que lo importante es eliminar los problemas de accesibilidad, igual tenéis que reforzar un poco la iluminación de la zona que queda más oscura.
En cuanto a la normativa estatal no hay norma que obligue a que la iluminación y ventilación de la escalera sea natural, puede haber una ordenanza municipal o alguna normativa autonómica.
Entiendo que la noramtiva que tiene preferencia en su aplicación y que vigila por un derecho más importante es la de accesibilidad, y creo que así se está interpretando en los tribunales, al fin y al cabo la ventilación y la iluminación se pueden suplir con medios técnicos y la escalera no es tampoco un espacio habitable.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas